Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los capítulos III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas; Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión de 28 de noviembre de 1968, y de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,
Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
a) Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.».
b) Domicilio: Granada, Escudo del Carmen, 31.
c) Línea eléctrica:
Origen: Subestación «Pul¡anas».
Final: Apoyo a colocar en la línea «Pueblos Norte» en carretera Maracena.
Términos municipales afectados: Granada y Pulianas.
Tipo: Aérea.
Longitud en kilómetros: 3,119 (D.C.).
Tensión de servicio: 20/8 KV.
Conductores: Aluminio-acero de 116,2 milímetros cuadrados.
Apoyos: Metálicos.
Aisladores: Cadena 2-ESA-1.503.
Potencia a transportar: 3.000 KVA. (cada circuito).
d) Procedencia de los materiales: Nacional.
e) Presupuesto: 3.122.299 pesetas.
f) Finalidad de la instalación: Modificación del trazado primitivo por ocupar terrenos pertenecientes a la ampliación del polígono de La Cartuja.
g) Referencia: 2.299/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
Se observarán los condicionados emitidos por Jefatura Provincial de Carreteras, Telecomunicación, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Compañía Telefónica Nacional de España.
El plazo de puesta en marcha será de seis meses.
El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo (sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas), y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Granada, 4 de octubre de 1979.–El Delegado provincial, Huberto Meersmans Hurtado.–6.415-14.
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