Excmo. Sr.: De conformidad con lo prevenido en el artículo 13 del Real Decreto de 27 de mayo de 1912,
Este Ministerio, en nombre de S. M. el Rey (q. D. g.), ha tenido a bien disponer que, previo pago del impuesto especial correspondiente y demás derechos establecidos, se expida, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, Real Carta de Sucesión en el título de Marqués de Aguilar a favor de don Alfonso Escrivá de Romaní y Mora, por distribución de su padre, don Alfonso Escrivá de Romaní y Patiño.
Lo que comunico a V E.
Madrid, 30 de octubre de 1979.
CAVERO LATAILLADE
Excmo. Sr. Ministro de Hacienda.
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