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Documento BOE-A-1979-27948

Resolución de la Delegación Provincial de Las Palmas de Gran Canaria sobre autorización administrativa de instalación eléctrica y declaración en concreto de su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 1979, páginas 27101 a 27102 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-27948

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente 71/612 bis, incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial a petición de «Unión Eléctrica de Canarias, S. A.», solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de la línea eléctrica a 66 KV. Jinámar-San Mateo;

Resultando que sometido el expediente a la preceptiva información pública se han presentado alegaciones por parte de don Juan Naranjo Cabrera, quien manifiesta que la central térmica denominada «Jinámar», en construcción por la Empresa «Unión Eléctrica de Canarias, S. A.», está emplazada en terrenos expropiados por el Ministerio de Obras Públicas para construcción de plantas potabilizadoras y no para montaje de centrales eléctricas;

Resultando que puesto de manifiesto el titular de la instalación de las alegaciones habidas contestó que el escrito del objetante citado se refería al emplazamiento de la central denominada «Jinámar» y que es cuestión ésta distinta de la construcción de la línea sometida a información pública;

Visto el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y el Reglamento sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por Decreto 2619/1066, de 20 de octubre, y de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958;

Considerando que no deben estimarse las razones de oposición aducidas por el señor Naranjo Cabrera, por cuanto no se refieren a la instalación objeto del expediente;

Considerando que la línea proyectada es necesaria para el mantenimiento y mejora del servicio eléctrico en la zona centro de la isla de Gran Canaria y que en su tramitación se han seguido las prescripciones legales,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria de Las Palmas, a propuesta de la Sección correspondiente y en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación mencionada, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica de Canarias, S. A.», la instalación de la línea eléctrica cuyas características principales son las siguientes:

a) Lugar donde se va a establecer la instalación: Partiendo de la futura subestación anexa a la central denominada «Jinámar» (en construcción), en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, en zona de Piedra Santa, yendo en dirección general NE-SO, afectando a los términos municipales de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y Vega de San Mateo, para terminar en una subestación a construir en esta última localidad.

b) Finalidad de la instalación: Cubrir la demanda de energía eléctrica prevista en la zona central de la isla de Gran Canaria.

c) Características principales: 16.210 metros de línea eléctrica aérea con dos circuitos trifásicos con capacidad de transporte de 40.000 KVA. cada uno.

La procedencia de materiales será nacional.

El presupuesto es de 1.794.280 pesetas.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/ 1960 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Las Palmas de Gran Canaria, 17 de noviembre de 1979.‒El Delegado provincial, por delegación, el Ingeniero Jefe accidental de la Sección de Industria, Luis Dourdil Navarro.‒8.932-C.

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