En el recurso contencioso-administrativo número 1150/1975, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «American Chain & Cable Company», contra resolución de este Registro de 15 de septiembre de 1975 se ha dictado, con fecha 30 de diciembre de 1978, por la citada Audiencia, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Bernardo Feijoo y Montes, en nombre y representación de “American Chain & Cable Company”, contra el acuerdo del Ministerio de Industria de quince de septiembre de mil novecientos setenta y cinco, que desestimó el recurso de revisión interpuesto por la actora contra la denegación presunta, por silencio administrativo, de la petición formulada el once de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, solicitando la anulación de los ofrecimientos de licencia de patentes de invención, debemos declarar y declaramos que dichos acuerdos son conformes a derecho, absolviendo a la Administración demandada de las pretensiones contra ellas deducidas en este proceso; sin hacer especial declaración sobre las costas causadas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 25 de octubre de 1979.‒El Director general, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad industrial.
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