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Documento BOE-A-1979-2837

Resolución de la Delegación Provincial de Logroño por la que se autoriza la instalación eléctrica que se cita y se declara la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1979, páginas 2357 a 2357 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-2837

TEXTO ORIGINAL

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente número A. T. 19.835, incoado en esta Delegación Provincial a instancia de «Electra de Logroño, S. A.», con domicilio en Logroño, polígono «San Lázaro», carretera de circunvalación, solicitando autorización administrativa y declaración de utilidad pública, a los efectos de la imposición de servidumbre de paso, de la instalación eléctrica cuyas características técnicas principales son las siguientes:

Línea subterránea, trifásica, en Nájera; circuito simple a 13,2 KV., con conductores de cable «Roqué», tipo DRV-12/20 KV. de 3 (1 por 95) milímetros cuadrados, en aluminio. Tendrá una longitud total de 270 metros, con origen en el apoyo número 14 de la línea «Circunvalación Este», referencia A. T. 18.861 (equivalente al número 17 de la denominada «Villa Benita-Santa Engracia», referencia A. T. 13.644) y final en la E. T. que también se autoriza y a continuación se describe.

Estación transformadora denominada «Odama», tipo interior, con transformador trifásico de 250 KVA. de potencia y relación de transformación 13.200/3 por 380-230-133 V.

La finalidad de estas instalaciones es mejorar la distribución de energía en la zona.

Esta Delegación Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en los Decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre; Ley 10/1966, de 18 de marzo; Decreto 1775/1967, de 22 de julio; Ley de 24 de noviembre de 1939, Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión de 28 de noviembre de 1968 y Reglamento de Estaciones Transformadoras de 23 de febrero de 1949, ha resuelto autorizar la instalación solicitada y declarar la utilidad pública de la misma a los efectos de la imposición de la servidumbre de paso, en las condiciones, alcance y limitaciones que establece el Reglamento de la Ley 10/1966, aprobado por Decreto 2619/1966.

Logroño, 19 de diciembre de 1978.–El Delegado provincial, Jaime Fernández-Castañeda León.–400-15.

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