Ilmo. Sr.: En atención a las necesidades de la enseñanza en la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Madrid, a propuesta de la Dirección del Centro y en uso de las atribuciones que le concede el artículo 12 del Decreto 2127/1963, de 24 de julio,
Este Ministerio ha resuelto que las dotaciones escalafonadas de Maestro de Taller de «Tipografía» y Ayudante de taller de «Máquinas», de la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Madrid, actualmente vacantes por fallecimiento y jubilación de sus respectivos titulares, queden adscritas en lo sucesivo: a «Esmaltes» la primera y a «Orfebrería», la segunda, en la misma Escuela.
Las vacantes de Maestro de Taller de «Esmaltes» y Ayudante de taller de «Orfebrería», en la Escuela de Artes Aplica» das y Oficios Artísticos de Madrid, así producidas, se considerarán de nueva creación y serán provistas en la forma reglamentaria.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 6 de noviembre de 1979.—P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Personal de este Ministerio.
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