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Documento BOE-A-1979-28687

Resolución de la Delegación Provincial de Lérida por la que se autoriza el establecimiento y declara en concreto la utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se citan (referencia D 4.156 RL.).

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1979, páginas 27965 a 27965 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-28687

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de «Empresa Nacional Idroeléctrica del Ribagorzana», con domicilio en Barcelona, paseo de Gracia 132, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre Ordenación y Defensa de la Industria, y Decreto de este Ministerio de 30 de junio de 1972,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Lérida, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar al peticionario el establecimiento de las instalaciones eléctricas cuyo objeto y principales características son:

Ampliar la red de distribución en AT. mediante la unión a 25 KV. de las centrales hidroeléctricas de Boí y Caldas,

Linea eléctrica

Origen de la línea: CH. Boí.

Final de la línea: CH. Caldas.

Término municipal afectado: Barruera.

Cruzamientos: Comisaría de Aguas del Ebro; rio Noguera de Tort, río Sant Nicoláu y arroyo. Jefagrura Provincial de Carreteras: Carretera L-501, punto kilométrico 0,400 - carretera L-500 punto kilométrico 17,700. CTNE; Ayuntamiento de Barruera¡ terrenos comunales. ENHER; líneas telefónicas y línea 132 KV.

Tensión de servicio en KV.: 25.

Longitud en kilómetros: 5,492.

Número de circuitos y conductores: Uno, de 3 por 43,1 milímetros cuadrados de aluminio-acero.

Apoyos: Metálicos, madera y hormigón.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de 20 de octubre de 1966.

El plazo para la terminación de la instalación reseñada es de un año a partir de la fecha de la presente resolución, no pudiendo entrar en servicio mientras no se cumplan los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966.

Previos los trámites legales, la Administración podrá declarar la caducidad de esta concesión si se comprobase la inexactitud de las declaraciones de la Empresa que figuran en el expediente, o el incumplimiento del plazo concedido.

Lérida, 11 de septiembre de 1979.–El Delegado provincial, Eduardo Mías Navés.–6.647-7.

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