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Documento BOE-A-1979-2877

Orden de 28 de noviembre de 1978 sobre concesiones administrativas para instalar viveros de cultivo de mejillón.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1979, páginas 2373 a 2374 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1979-2877

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Vistos los expedientes instruidos a instancia de los señores que se indican en la relación anexa, en los que solicitan las correspondientes concesiones administrativas para instalar viveros de cultivo de mejillón en los emplazamientos de los polígonos establecidos a tal fin por Orden ministerial de 14 de febrero de 1974 («Boletín Oficial del Estado» número 75), que al frente de cada uno se indican, y cumplidos en dichos expedientes los trámites que dispone el Decreto de 30 de noviembre de 1961 («Boletín Oficial del Estado» número 304);

Resultando que los referidos viveros se encuentran instalados y en explotación en los mismos emplazamientos solicitados, por haberles sido caducada la concesión anterior al no solicitar la prórroga en tiempo hábil sus titulares;

Considerando que al darse la circunstancia del resultado anterior de accederse a tales peticiones, en nada se vulneraria la limitación establecida en la Orden ministerial de 31 de mayo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» número 223) para el cultivo de mejillón, por cuanto no existe aumento real en la producción, y tener tal otorgamiento apoyatura legal en su artículo 1.°, al considerarse tales concesiones de interés social, y en analogía con ej articulo 3.° de igual Orden, al contar con artefacto los interesados, es evidente que tales concesiones se encuentran dentro de la salvedad establecida por la referida Orden ministerial de 31 de mayo de 1976, que limita la tramitación de expedientes para nuevas concesiones de cultivo de tal especie y, por ende, se estiman procedentes los otorgamientos solicitados.

Este Ministerio, de conformidad con el dictamen emitido por la Asesoría Jurídica y lo propuesto por la Dirección General de Pesca Marítima, ha tenido a bien acceder a lo solicitado, otorgando las correspondientes concesiones administrativas en las condiciones siguientes:

Primera.

Las concesiones se otorgan en precario, por el plazo de diez años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser prorrogadas a petición del interesado y podrán ser caducadas en los casos previstos en el artículo 10 del Reglamento para su explotación, previa formación del expediente al efecto.

Segunda.

Los sistemas de flotación de los artefactos fondeados quedan confirmados con las características autorizadas para cada vivero anteriormente.

Tercera.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá cancelar cada una de estas concesiones por causas de utilidad pública, sin que el titular de la misma tenga derecho a indemnización alguna.

Cuarta.

Los concesionarios quedan obligados a observar cuantos preceptos determinan los Decretos de 30 de noviembre de 1961 («Boletín Oficial del Estado» número 198), así como cuantas disposiciones relacionadas con esta industria se encuentren vigentes.

Quinta.

Por cada uno de los concesionarios deberá justificarse el abono de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales ínter vivos y sobre Actos Jurídicos Documentados, de acuerdo con la vigente Ley de Reforma del Sistema Tributario de 11 de junio de 1964, o la que proceda si ésta se modificase, salvo declaración en contra.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 28 de noviembre de 1978.–P D., el Subsecretario de Pesca y Marina Mercante, Víctor Moro.

Ilmos. Sres. Subsecretario de Pesca y Marina Mercante y Director general de Pesca Marítima.

RELACIÓN ANEXA

Vivero denominado: «C. S. número 1».

Emplazamiento: Cuadrícula número 32 del polígono Villagarcía F.

Concesionario: Don Luis Nogueira Nogueira.

Vivero denominado; «Hermanos F. II».

Emplazamiento: Cuadrícula número 207 del polígono El Grove E.

Concesionario: Don José Castro Iglesias.

Vivero denominado: «Silva».

Emplazamiento: Cuadrícula número 52 del polígono El Grove D.

Concesionario: Don Francisco Silva Araujo.

Vivero denominado: «Bea-Casal».

Emplazamiento: Cuadrícula número 159 del polígono El Grove E.

Concesionario: Don Germán Casal González.

Vivero denominado: «J. R. número 1».

Emplazamiento: Cuadrícula número 25 del polígono Villagarcía A.

Concesionario: Don José Ramón Figueira González.

Vivero denominado: «J: R. número 2».

Emplazamiento: Cuadrícula número 37 del Polígono Villagarcía A.

Concesionario: Don José Ramón Figueira González.

Vivero denominado: «E. N.».

Emplazamiento: Cuadrícula número 60 del polígono Villagarcía G.

Concesionario: Doña Emilia Nogueira Nogueira.

Vivero denominado: «P. C. número 1».

Emplazamiento: Cuadrícula número 167 del polígono Villagarcía A.

Concesionario: Doña María Dolores Nine Maestu.

Vivero denominado: «Pilarica número 2».

Emplazamiento: Cuadrícula número 29 del polígono Villagarcía G.

Concesionario: Don José Antonio Agra Chaves.

Vivero denominado: «Ango número 8».

Emplazamiento: Cuadrícula número 59 del polígono Villagarcía G.

Concesionario: Don Antonio Gómez Dios.

Vivero denominado: «Sinas».

Emplazamiento: Cuadrícula número 81 del polígono Villagarcía G.

Concesionario: Don José Guillán Besada.

Vivero denominado: «Joa número 2».

Emplazamiento: Cuadrícula número 102 del polígono Villagarcía A.

Concesionario: Don José Ordóñez Alcalde.

Vivero denominado: «Besada VII».

Emplazamiento: Cuadrícula número 115 del polígono El Grove E.

Concesionario: Don Ramón Besada Vila.

Vivero denominado: «Hermanos F. I».

Emplazamiento: Cuadrícula número 132 del polígono El Grove E.

Concesionario: Don Manuel y don Jacobo Domínguez Filgueira

Vivero denominado: «Yony».

Emplazamiento: Cuadrícula número 10 del polígono El Grove E.

Concesionario: Don Manuel Domínguez Portela.

Vivero denominado: «Lagos».

Emplazamiento: Cuadrícula número 112 del polígono El Grove E.

Concesionario: Don Germán Casal González.

Vivero denominado: «Tifón I».

Emplazamiento: Cuadrícula número 222 del polígono El Grove E.

Concesionario: Don Manuel Novas Domínguez.

Vivero denominado: «Carromav IV».

Emplazamiento: Cuadrícula número 54 del polígono El Grove C.

Concesionario: Don Manuel Prol Domínguez.

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