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Documento BOE-A-1979-28998

Orden de 14 de noviembre de 1979 por la que se aprueba el mapa sanitario de la provincia de Zamora.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 8 de diciembre de 1979, páginas 28326 a 28328 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-28998

TEXTO ORIGINAL

Excmo. e Ilmos. Sres.: Establecida por el Real Decreto 2221/1978, de 25 de agosto, la confección del mapa sanitario nacional a través de las Comisiones Provinciales creadas en virtud de lo dispuesto en su artículo primero, y vista la propuesta formulada por la Comisión provincial de Zamora, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

1. Hacer pública la ordenación sanitaria territorial de la provincia de Zamora que se adjunta como anexo a la presente Orden.

2. Las Corporaciones y Estamentos interesados que se consideren afectados podrán hacer cuantas alegaciones estimen oportunas en el plazo de veinte días, contados a partir de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Comisión Provincial, que las elevará con su informe a la Secretaría de Estado para la Sanidad, quien resolverá en definitiva, publicándose la resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Resueltas las alegaciones presentadas y aprobada con carácter definitivo la ordenación sanitaria de la provincia, deberán adaptarse a ella todos los servicios sanitarios de cualquier Administración Pública y de las Entidades gestoras de la Seguridad Social.

4. Por la Secretaría de Estado para la Sanidad, a través de las Direcciones Generales de Asistencia Sanitaria, Salud Pública, Farmacia y Medicamentos, en contacto con las Entidades gestoras de la Seguridad Social y la Administración Institucional de la Sanidad Nacional se procederá a:

4.1. Adaptar las actuales estructuras territoriales a la nueva ordenación.

4.2 Reestructurar los servicios existentes para acoplarlos a los ámbitos de actuación derivados de la ordenación territorial que se aprueba.

4.3. Establecer los programas precisos de adaptaciones y construcción para la dotación de los medios institucionales necesarios en cada, área para el cumplimiento de las funciones sanitarias.

5. A efectos de la adaptación de las actuales estructuras territoriales a la nueva ordenación y de la reestructuración de los servicios en función de los ámbitos de actuación que se derivan de la misma, por la Delegación Territorial del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social se elevarán las correspondientes propuestas a la Subsecretaría del Departamento, teniendo en cuenta:

5.1. Se efectuará, con carácter inmediato, la adaptación a la nueva ordenación de todas las estructuras actuales que no supongan más que un cambio de integración o dependencia, sin afectar a las situaciones administrativas, residencias, derechos económicos, etc., del personal de las mismas.

5.2 Las adaptaciones a la nueva ordenación de todas aquellas estructuras que supongan modificación en las situaciones actuales del personal de las mismas se irán efectuando de una forma progresiva, bien con ocasión de vacantes o por acoplamiento voluntario del personal.

5.3. Las situaciones interinas que se encuentran incluidas en el supuesto anterior se mantendrán en sus características actuales hasta tanto sean cubiertas en propiedad por el procedimiento que corresponda, cuya convocatoria deberá efectuarse ya con arreglo a la nueva ordenación.

5.4. Las plazas que figuren incluidas en concursos y oposiciones en trámite, pendientes de resolución, se resolverán en la forma que haya sido anunciada, estándose para su adaptación sucesiva a lo previsto en los puntos 5.1 ó 5.2, según proceda.

6. El mapa sanitario de la provincia de Zamora será revisado anualmente, a cuyo efecto todas las modificaciones que se estimen necesarias introducir en él se propondrán a la Comisión Provincial del Mapa Sanitario que, en 31 de diciembre de cada año, elevará las propuestas correspondientes a la Secretaría de Estado para la Sanidad.

Lo que comunico a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y VV. II. muchos años.

Madrid, 14 de noviembre de 1979.

ROVIRA TARAZONA

Excmo. Sr. Secretario de Estado para la Sanidad, ilustrísimos señores Subsecretario, Directores generales del Departamento, Director del INSALUD y Delegados territoriales del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social de Zamora y Valladolid,

Anexo que se acompaña a la Orden ministerial por la que se aprueba el mapa sanitario de la provincia de Zamora

PROVINCIA DE ZAMORA

La ordenación sanitaria territorial de la provincia de Zamora quedará configurada por los límites geográficos de la propia demarcación administrativa, salvo el municipio de Cotanes del Monte, que pasa a depender a los exclusivos efectos técnicos sanitario-asistenciales de la provincia de Valladolid. Por el contrario, será tributario de la red sanitaria de Zamora el municipio de San Román de Hornija, de la provincia de Valladolid.

Su estructura sanitaria se configurará de la siguiente forma:

I. Capital

El núcleo urbano de Zamora, capital, quedará estructurado sanitariamente en dos sectores:

1. Sector uno o Este: Comprenderá la zona de la capital situada al Este de una línea divisoria que partiendo del Puente de Hierro alcanzase el barrio de la Alberca, pasando por la avenida de Portugal, avenida de José Antonio, plaza de Alemania, avenida Tres Cruces, avenida de Alfonso Peña y carretera de la Estación Vieja. Además incluirá los distritos rurales de:

a) Cubillos: Con esta localidad y las de Moreruela de los Infanzones y Valcabado del Pan.

b) Moniarracinos: Con esta localidad y la de Torres del Carrizal.

c) Montamarta: Con esta localidad y la de Roales del Pan.

2. Sector dos u Oeste: Comprenderá la zona de la capital situada al Oeste de la línea divisoria descrita en el sector uno. Además incluirá los distritos rurales de:

a) Pereruela: Con esta localidad y las de Arcillo, Las Enillas, Pueblica de Campeán, San Román de los Infantes, La Tuda, Tardobispo, Sobradillo de Palomares, Sogo, Malillos y Cemecina.

b) Almaraz: Con esta localidad y la de Villaseco.

c) Muelas del Pan: Con esta localidad y las de Ricobayo, Cerezal de Aliste, Videmala, Villanueva de los Corchos y Villaflor.

d) Villalcampo: Con esta localidad y las de Carbajosa y Salto de Villalcampo.

e) San Pedro de la Nave Almendra: Con esta localidad y las de Valdeperdices y Campillo.

II. Provincia

Se estructurará en tres comarcas: Zamora-Este, Zamora-Oeste y Benavente.

1. Comarca de Zamora-Este: Comprenderá la siguiente de marcación:

1.0. Cabecera comarcal: Constituida por el sector Este de la capital, ya descrito, y las unidades sanitarias locales de:

1.0.1. Unidad sanitaria local de Benegiles: Con cabecera en la citada localidad comprenderá además la entidad de Mola cilios y los distritos rurales de:

a) Coreses.

b) Gallegos del Pan: Con esta localidad y las de Villalubi y Algodre.

c) Fresno de la Ribera: Con esta localidad y la de Matilla la Seca.

d) Castronuevo: Con esta localidad y las de Aspariegos, Cerecinos del Carrizal y Pobladura de Valderaduey.

1.0.2. Unidad sanitaria local de Moraleja del Vino: Con cabecera en la citada localidad comprenderá además los distritos rurales de:

a) Villaralbo.

b) Casaseca de las Chanas: Con esta localidad y las de Arcenillas y Gema del Vino.

c) Sanzoles: Con esta localidad y la de Venialbo.

d) Madridanos: Con esta localidad y las de Villalazán, Granja Florencia y Bamba.

1.0.3. Unidad sanitaria local de Manganeses de la Lampreana: Con cabecera en la citada localidad comprenderá además las entidades de Riego del Camino y Granja de Moreruela, y los distritos rurales de:

a) Villarrin de Campos.

b) Pajares de la Lampreana: Con esta localidad y las de Arquillinos y Villalba de la Lampreana.

c) San Cebrián de Castro: Con esta localidad y las de Piedrahita de Castro y Fontanillas de Castro.

1.1. Subcomarca de Villalpando: Comprenderá la siguiente demarcación:

1.1.0. Cabecera subcomarcal: Integrada por el municipio de Villalpando. Incluirá además las localidades de Quintanilla del Monte, Quintanilla del Olmo, Prado y Tapioles, y los distritos rurales de:

a) Cañizo: Con esta localidad y las de San Martín de Valderaduey y Villárdiga.

b) Villamor de Campos: Con esta localidad y las de Villar de Fallavés.

c) Cerecinos de Campos: Con esta localidad y las de Villalobos y Vega de Villalobos.

d) Villanueva del Campo.

e) Villafáfila: Con esta localidad y la de Otero de Sariegos.

f) Revellinos: Con esta localidad y las de San Esteban del Molar, Vidayanes y San Agustín del Pozo.

1.2. Subcomarca de Toro: Comprenderá la siguiente demarcación:

1.2.0. Cabecera subcomarcal: Integrada por el municipio de Toro. Incluirá además las localidades de Tagarabuena y San Román de Hornija (Valladolid), y los distritos rurales de:

a) Morales de Toro.

b) Peleagonzalo: Con esta localidad y las de Valdefinjas, Monte la Reina y Dehesa del Castrillo.

1.2.1. Unidad sanitaria local de Pozoantiguo: Con cabecera en la citada localidad, incluirá alemas las entidades de Abezames, Fuentesecas y Malva, y los distritos rurales de:

a) Belver de los Montes: Con esta localidad y la de Bustillo del Oro.

b) Vezdemarbán: Con esta localidad y la de Pinilla de Toro.

c) Villavendimio: Con esta localidad y las de Villalonso y Villardondiego.

1.3. Subcomarca de Fuentesaúco: Comprenderá la siguiente demarcación:

1.3.0. Cabecera subcomarcal: Integrada por el municipio de Fuentesaúco. Incluirá además las localidades de Villaescusa, Villamor de los Escuderos y Guarrate y el distrito rural de:

a) Cañizal: Con esta localidad y las de Vallesa de la Guareña y Olmo de la Guareña.

1.3.1. Unidad sanitaria local de Fuentelapeña: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Vadillo de la Guareña y Castrillo de la Guareña, y los distritos rurales de:

a) Bóveda de Toro: Con esta localidad y la de El Pego.

b) Villabuena del Puente.

1.3.2. Unidad sanitaria local de Argujillo: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de El Maderal y San Miguel de la Ribera, y el distrito rural de:

a) Fuentespreadas: Con esta localidad y las de El Piñero y Cuelgamures.

2. Comarca de Zamora-Oeste: Comprenderá la siguiente demarcación:

2.0. Cabecera comarcal: Constituida por el sector Oeste de la capital, ya descrito, y las unidades sanitarias locales de:

2.0.1. Unidad sagitaria local de Corrales: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Fuentelcarnero y Peleas de Arriba, y los distritos rurales de:

a) Cubo del Vino: Con esta localidad y la de Mayalde.

b) Peñausende: Con esta localidad y las de Tamames y Figueruela de Sayago.

c) Villanueva de Campeán: Con esta localidad y las de Casaseca de Campeán y Cabañas de Sayago.

d) Morales del Vino: Con esta localidad y las de Pontejos y Cazurra.

e) El Perdigón: Con esta localidad y las de Entrala y San Marcial.

f) Jambrina: Con esta localidad y las de Peleas de Abajo y Santa Clara de Avedillo.

2.0.2. Unidad sanitaria local de Carbajales de Alba: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Manzanal del Barco, Losillas, Santa Eufemia del Barco y Castrillo de Alba, los distritos rurales de:

a) Losacio: Con esta localidad y las de Losacino, Muga de Alba, Vegalatrave y Vide de Alba.

b) Andavías: Con esta localidad y las de Palacios del Pan y La Hiniesta.

2.0.3. Unidad sanitaria local de Ferreruela: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Sesnández, San Martín de Tábara y Escober, y los distritos rurales de:

a) Perilla de Castro: Con esta localidad y las de Marquiz de Alba, Navianos de Alba, San Pedro de las Cuevas, La Encomienda y Olmillos de Castro.

b) Riofrío de Aliste: Con esta localidad y las de Abejera, Sarracín de Aliste, Campogrande de Aliste y Cabañas de Aliste.

2.0.4. Unidad sanitaria local de Tábara: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además la Entidad de Faramontanos de Tábara, y los distritos rurales de:

a) Pozuelo de Tábara: Con esta localidad y las de Santa Eulalia de Tábara y Moreruela de Tábara.

b) Ferreras de Abajo: Con esta localidad y las de Ferreras de Arriba y Litos.

2.1. Subcomarca de Bermillo de Sayago: Comprenderá la siguiente demarcación:

2.1.0. Cabecera subcomarcal: Integrada por el municipio de Bermillo de Sayago. Incluirá además las localidades de Torrefrades, Piñuel, Villamor de Cadozos, Fadón, Fresnadillo y Gáname, y los distritos rurales de:

a) Villar del Buey: Con esta localidad y la de Pasariegos.

b) Muga de Sayago: Con esta localidad y las de Villamor de la Ladre, Zafara, Fariza, Palazuelo de Sayago, Cozcurrita, Badilla y Mamoles.

2.1.1. Unidad sanitario local de Almeida de Sayago: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Carbellino, Roelos, Salce, Fresno de Sayago y Mogatar, y el distrito rural de:

a) Alfaraz: Con esta localidad y las de Escuadro, Viñuela de Sayago y Moraleja de Sayago.

2.1.2. Unidad sanitaria local de Moralina de Sayago: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Luelmo, Monumenta, Moral de Sayago, Abelón de Sayago, Villadepera y Villardiegua de la Ribera, y el distrito rural de:

a) Torregamones: Con esta localidad y las de Gamones, Argañín y Tudera.

2.1.3. Unidad sanitaria local de Fermoselle: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Pinilla de Fermoselle. Fornillos de Fermoselle, Cibanal y Formariz de Sayago.

2.2. Subcomarca de Alcañices: Comprenderá la siguiente demarcación:

2.2.0. Cabecera subcomarcal: Integrada por el municipio de Alcañices. Incluirá además las localidades de Alcorcillo, Santa Ana, Vivinera, Arcillera y Matellanes, y los distritos rurales de:

a) Rabanales: Con esta localidad y las de Ufones, Grisuela, Fredellos, Bercianos de Aliste, San Vicente de la Cabeza, Palazuelos de las Cuevas y Mellanes.

b) Sejas de Aliste: Con esta localidad y las de Rábano de Aliste, San Mamed, Villarino Tras la Sierra, Viñas, San Blas y Vega de Nuez.

c) Trabazos: Con esta localidad y las de Nuez de Aliste, San Martin del Pedroso y Latedo.

2.2.1. Unidad sanitaria local de Fonfría: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Pino del Oro, Bermillo de Alba. Castro de Alcañices y Bradilanes, y los distritos rurales de:

a) Samir de los Caños: Con esta localidad y las de Fornillos de Aliste, Ceadea y Moveros.

b) Gallegos del Río: Con esta localidad y las de Domez, Puercas, Valer, Flores, Lober y Tolilla.

2.2.3. Unidad sanitaria local de Mahide: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de San Pedro de las Herrerías, Boya, Pobladura de Aliste y Las Torres de Aliste, y los distritos rurales de:

a) Figueruela de Arriba: Con ésta localidad y las de Flgueruela de Abajo, Moldones, Villarino-Manzanas, Riomanzanas y Flechas.

b) San Vitero: Con esta localidad y las de San Juan del Rebollar, Tola de Aliste, San Cristóbal de Aliste, Gallegos del Campo, Villarino de Cebal y El Poyo.

3. Comarca de Benavente: Comprenderá la siguiente demarcación:

3.0. Cabecera comarcal: Constituida por la localidad de Benavente. Comprenderá además la localidad de Villanueva de Azoague, y los distritos rurales de:

a) Manganeses de la Polvorosa: Con está localidad y la de Villabrázaro.

b) San Cristóbal de Entreviñas.

c) Matilla de Arzón: Con esta localidad y las de Santa Coloraba de las Carabias y San Miguel del Esla.

3.0.1. Unidad sanitaria local de Fuentes de Ropel: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Valdescorriel, San Miguel del Valle y Castrogonzalo, y el distrito rural de:

a) Santovenia del Esla: Con esta localidad y las de Breto de la Ribera, Villaveza del Agua, Barcial del Barco y Castropepe.

3.0.2. Unidad sanitaria local de Burganes de Valverde: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Bretocino, Olmillos de Valverde, Friera de Valverde y Navianos de Valverde, y el distrito rural de:

a) Morales de Valverde: Con esta localidad y las de Villaveza de Valverde, San Pedro de Zamudia, Pueblica de Valverde, Santa María de Valverde y Bercianos de Valverde.

3.0.3. Unidad sanitaria local de Santa Cristina de la Polvorosa: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Vecilla de Trasmonte y Villanazar, y los distritos rurales de:

a) Arcos de la Polvorosa: Con esta localidad y las de Milles de la Polvorosa, Santa Colomba de las Monjas y Mozar.

b) Quiruelas de Vidríales: Con esta localidad y las de Colinas de Trasmonte, Quintanilla de Urz y Brime de Urz.

3.0.4. Unidad sanitaria local de Morales del Rey: Con cabe-. cera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Becilla de la Polvorosa y Fresno de la Polvorosa, y los distritos rurales de:

a) Pobladura del Valle: Con esta localidad y las de La Torre del Valle, Paladinos del Valle, San Román del Valle, Maire de Mastroponce y Coomonte.

b) Arrabalde: Con la citada localidad y las de Santa María de la Vega, Villaferrueña y Alcubilla de Nogales.

3.1. Subcomarca de Camarzana de Tera: Comprenderá la siguiente demarcación:

3.1.0. Cabecera subcomarcal: Integrada por el municipio de Camarzana de Tera. Incluirá además las localidades de Calzada de Tera, Cabañas de Tera, Santa Marta de Tera y Pumarejo de Tera, y los distritos rurales de:

a) Vega de Tera: Con esta localidad y las de Junquera de Tera, Milla de Tera, Villar de Farfón, Olleros de Tera y Calzadilla de Tera.

b) Santibáñez de Tera: Con esta localidad y las de Micereces de Tera, Aguilar de Tera, Abraveses de Tera y Sistrama de Tera.

c) Santa Croya de Tera: Con, esta localidad y las de Melgar de Tera y Villanueva de las Peras.

3.1.1. Unidad sanitaria local de Saijtibáñez de Vidriales: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Bercianos de Vidriales, Brime de Sog, Tardemezar, Villaobispo, Fuente Encalada, Rosinos de Vidriales, San Pedro de la Viña y Villageriz, y los distritos rurales de:

a) San Pedro de Cegué: Con esta localidad y la de San Juanico el Nuevo.

b) Uña de Quintana: Con esta localidad y las de Molezuela de la Garballeda y Cubo de Benavente.

c) Ayoó de Vidríales: Con esta localidad y las de Congosto y Carracedo.

d) Grijalba de Vidríales: Con esta localidad y las de Granucillo de Vidriales, Cunquilla de Vidriales, Moratones y Pozuelo de Vidriales.

3.2. Subcomarca de Puebla de Sanabria: Comprenderá la siguiente demarcación:

3.2.0. Cabecera subcomarcal: Integrada por el municipio de Puebla de Sanabria. Incluirá además las localidades de Otero de Sanabria, Robledo y Ungilde, y los distritos rurales de:

a) Pedralba de la Pradería: Con esta localidad y las de Calabor, Lobeznos, Santa Cruz de Abranes, Rihonor de Cástilla, Requejo de Sanabria, San Martín del Terroso y Terroso.

b) Cabreros: Con esta localidad y las de Avedillo de Sanabria, Barrio de Lomba. Castro de Sanabria, Limianos, Quintana, Riego de Lomba, San Miguel de Lomba, San Román de Sanabria, Santa Colomba de Sanabria y Sotillo.

3.2.1. Unidad sanitaria local de Lubián: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Aceberas, Chanos, Las Hedradas, Hedroso y Padomelo, y los distritos rurales de:

a) Porto: Con esta localidad y las de Barjacoba, Pías, Villanueva de la Sierra y Poblado de San Sebastián.

b) Hermisende: Con esta localidad y las de Cástrelos, Castromil, San Ciprián y La Tejera.

3.2.2. Unidad sanitaria local de Mercado del Puente: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Calende, Cúbelo, Lianes, Moncabril-Poblado, Pedrazales, Rabanillo, Ribadelago, San Martín de Castañeda y Vigo de Sanabria, y los distritos rurales de:

a) Trefacio: Con esta localidad y las de Cerdillo, Murías, Villarino de Sanabria, San Justo, San Ciprián, Rozas, Rábano de Sanabria y Coso.

b) Robleda-Cervantes: Con esta localidad y las de Castellanos, Ferreros, Paramio, San Juan de la Cuesta, Sampil, Triufé, Valdespino y Cervantes.

3.2.3. Unidad sanitaria local de Asturianos: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Cerezal de Sanabria, Entrepeñas, Lagarejos de la Carballeda, Rioconejos, Villar de los Pisones, Cemadilla, Anta de Tera, San Salvador de Palazuelo, Valdemerilla y Anta de Rioconejos, y los distritos rurales de:

a) Palacios de Sanabria: Con esta localidad y las de Vime, Remesal, Rosinos de la Requejada, Santiago de la Requejada, Carvajalinos, Rionegrito, Villarejo de la Sierra, Monterrubio, Gusándanos, Escuredo y Doney de la Requejada.

b) Mombuey: Con esta localidad y las de Fresno de la Carballeda, Valparaíso, Manzanal de los Infantes, Otero de Centenos, Sejas de Sanabria, Rionegro del Puente. Santa Eulalia de Rionegro, Valleluengo y Peque.

c) Espadañedo: Con esta localidad y las de Carbajales de la Encomienda, Faramontanos de la Sierra, Letrillas, Utrera de la Encomienda, Vega del Castillo, Lanseros, Muelas de los Caballeros, Donado, Donadillo, Gramedo, Justel, Quintanilla y Villalverde.

3.2.4. Unidad sanitaria local de Villardeciervos: Con cabecera en la citada localidad, comprenderá además las entidades de Cional, Manzanal de Abajo, Val de Santa María, Villanueva de Valrojo y Otero de Bodas, y el distrito rural de:

a) Manzanal de Arriba: Con esta localidad y las de Sandín, Segallos, Codesal, Folgoso de la Carballeda, Pedroso de la Carballeda, Linarejos y Santa Cruz de los Cuérragos.

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