De conformidad con lo dispuesto en los artículos trescientos noventa y cuatro y trescientos noventa y cinco del Reglamento Penitenciario, y en atención a los méritos contraídos en el desempeño de su cometido por don Carlos García Pastor, acreditados en el oportuno expediente, seguido al efecto, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintisiete de octubre de mil novecientos setenta y ocho, vengo en concederle la Medalla de Oro al Mérito Penitenciario.
Dado en Madrid a veintisiete de octubre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
LANDELINO LAVILLA ALSINA
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