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Documento BOE-A-1979-29373

Orden de 19 de noviembre de 1979 por la que se aprueba el plan de mejoras territoriales y obras de la zona de concentración parcelaria de Sádaba III (Zaragoza).

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 1979, páginas 28636 a 28636 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-29373

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Por Decreto de 10 de septiembre de 1959 («Boletín Oficial del Estado» del 17) se declaró de utilidad pública la concentración parcelaría de la zona de Sádaba (Zaragoza) y mediante Decreto posterior, de 29 de marzo de 1962 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de abril) se dividió la zona en tres subzonas independientes: La primera comprende el paraje denominado «La Huerta», la segunda el paraje denominado «Saso de Miraflores» y la tercera el resto del término municipal objeto del actual plan de obras.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario ha redactado y somete a la aprobación de este Ministerio el plan de mejoras territoriales y obras de la zona de Sádaba III (Zaragoza), que se refiere a las obras de acondicionamiento de regadío. Examinado el referido plan, este Ministerio considera que las obras en él incluidas han sido debidamente clasificadas en los grupos que determina el articulo 61, de acuerdo con lo establecido en los artículos 62 y 85 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973.

En su virtud, este Ministerio se ha servido disponer:

Primero.

Se aprueba el plan de mejoras territoriales y obras, redactado por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, para la zona de concentración parcelaria de Sádaba III (Zaragoza), declarada de utilidad pública por Decreto de lo de septiembre de 1959 («Boletín Oficial del Estado» del 17).

Segundo.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 62 y 65 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, se considera que las obras de la acequia A-1, con una longitud total de 2.731 metros lineales, que tiene la calificación de acequia de enlace que parte del azud, atraviesa la estanca de la Bueta (que realiza la función de depósito de decantación) y vierte en el pantano de Valdelafuén, a partir del cual se organiza el sistema de riego, quedan clasificadas de interés general en el grupo a) y las de acondicionamiento de la red de acequies de distribución, como obras complementarias, en el grupo d) del citado artículo 61 de la mencionada Ley, estableciéndose para éstas últimas una subvención del 40 por 100, siendo el plazo de devolución del anticipo restante de diez años y con el 4 por 100 de interés anual, conforme a lo previsto a su vez en el artículo 74 de la citada Ley.

Tercero.

Las obras deberán iniciarse antes de que terminen los trabajos de concentración parcelaria.

Cuarto.

Por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II. pana su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 19 de noviembre de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmos. Sres. Subsecretario y Presidente del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario.

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