Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-29757

Resolución de la Delegación Provincial de La Coruña sobre autorización administrativa y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 18 de diciembre de 1979, páginas 29022 a 29022 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-29757

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente número 31.564 incoado a instancia de «Fuerzas Eléctricas del Noroeste, S. A.» (FENOSA), con domicilio en calle Fernando Maclas, 2, La Coruña, en el que solicita autorización administrativa y declaración en concreto de utilidad pública para línea aérea, media tensión, a 15/20 KV., y centro de transformación aérea de 25 KVA., en Teixeiro (Curtis), y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, también de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Delegación Provincial, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar una línea aérea a 15/20 KV., de 500 metros de longitud, con origen en la línea Castellana-Teixeiro (expediente 27.272), de la empresa peticionaria, y final en la estación transformadora, tipo intemperie, de 25 KVA., en las proximidades del lugar de Teixeiro, municipio de Curtis.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1986, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de seis meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórroga se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

La Coruña, 23 de noviembre de 1979.–El Delegado provincial, Luis López-Pardo y López-Pardo.–7.052-2.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid