Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Territorial de Madrid, con fecha 9 de marzo da 1978, en recurso contencioso-administrativo número 1.014/76, interpuesto por «José Blanco Corral», contra este Departamento, sobre Resolución de la Dirección General de Ordenación y Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social de 16 de julio de 1976,
Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla lá citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que desestimando íntegramente el recurso interpuesto por el Procurador señor Roncero Martínez, en nombre y representación de don José Blanco Corral, debemos mantener y mantenemos, por ser conforme a derecho, la Resolución de la Dirección General de Ordenación y Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social de dieciséis de julio de mil novecientos setenta y seis, que declaraba inadmisible el de alzada deducido frente a la de la Delegación Provincial del Ramo, en Madrid, de ventiocho de enero del mismo año, manteniendo la liquidación de cuotas que le había sido practicada, sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes por las originadas en aquél.
Asi por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: José María Reyes Monterreal, Matías Malpica y González Elipe Fernando Ledesma Bartret (rubricados).»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 19 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de la Salud, José Javier Viñes Rueda.
Ilmo. Sr. Director general de Prestaciones.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid