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Documento BOE-A-1979-30432

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza la ampliación y reestructuración de la subestación de transformación denominada «Melancólicos».

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 1979, páginas 29655 a 29655 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-30432

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio de Madrid, a instancia de «Hidroeléctrica Española, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Hermosilla, número 3, solicitando autorización para ampliación y reestructuración de una subestación de transformación y distribución de energía eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Española, S. A.», la ampliación y reestructuración de la subestación de transformación y distribución de tipo intemperie denominada «Melancólicos», actualmente en funcionamiento, situada en Madrid, paseo de la Virgen del Puerto, número 57, que fue autorizada conjuntamente con la central térmica allí existente y actualmente desmontada.

Tras la reestructura y ampliación, la subestación contará con los siguientes elementos:

Parque a 132 KV., de simple barra, con cuatro posiciones de línea para las denominadas Villaverde, Pozuelo, Antonio Leyva y Argüelles y cinco de transformador de las que una será de reserva. Parque a 45 KV., de doble barra, con ocho posiciones de línea (dos de reserva), una de acoplamiento y cuatro de transformador Parque a 15 KV., de doble barra, con 21 posiciones de línea, dos de acoplamiento, cuatro de transformador y dos de alimentación a compensadores síncronos. Tres transformadores de tres arrollamientos, relación 120/47/15,7 KV., de 30 MVA. de potencia, y uno de iguales características y potencia de 15 MVA., asi como el equipo de maniobra y auxiliar necesario.

La finalidad de la instalación y reestructura es garantizar las condiciones de servicio a la zona.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de cuatro meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para la concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 22 de noviembre de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Madrid.

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