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Documento BOE-A-1979-30454

Resolución de la Delegación Provincial de Granada por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 1979, páginas 29660 a 29660 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-30454

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de la utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los capítulos III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; Reglamento de 23 de febrero de 1949, y de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria. Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

a) Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.»

b) Domicilio: Granada Escudo del Carmen 31.

c) Línea eléctrica:

Origen: Centro de transformación «Sancho Panza. (1.416/AT).

Final: Centro de transformación «Santa Margarita».

Término municipal afectado: Granada.

Tipo: Subterránea.

Longitud en kilómetros; 0,496.

Tensión de servicio: 20 KV.

Conductores: Aluminio de 150 milímetros cuadrados, aislamiento seco 12/20 KV.

Potencia a transportar: 5.000 KVA.

d) Procedencia de los materiales: Nacional.

e) Presupuesto: 1.951.446 pesetas.

f) Finalidad de la instalación: Enlazar los centros de transformación citados para su posterior paso a 20 KV.

g) Referencia: 2.596/A. T.

Las obras se ajustarán, en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.

Se observarán los condicionados emitidos por el excelentísimo Ayuntamiento de Granada.

El plazo de puesta en marcha será de un mes.

El peticionario dará cuenta, por escrito, del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo (sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas), y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Granada, 10 de noviembre de 1979.‒El Delegado provincial, Huberto Meersmans Hurtado.‒7.188-14.

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