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Documento BOE-A-1979-3271

Orden de 9 de enero de 1979 por la que se convocan exámenes para habilitación de Guías y Guías-Intérpretes de la provincia de Cádiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 1979, páginas 2803 a 2804 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-3271

TEXTO ORIGINAL

Excmo, e Ilmos. Sres.: Por ser preciso proceder a la habilitación de Guías y Guías-Intérpretes de Cádiz,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Se convocan exámenes para la habilitación de dichos profesionales, de conformidad con lo dispuesto por el vigente Reglamento Regulador del Ejercicio de Actividades Turístico - Informativas Privadas, de 31 de enero de 1964 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de febrero siguiente), con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Para tomar parte en dichos exámenes los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad.

c) Los aspirantes a Guías-Intérpretes deberán dominar uno cualquiera de los idiomas siguientes: alemán, inglés, francés, italiano y portugués, pudiendo alegarse otros como mérito.

d) Los Guías deberán estar en posesión del título de Bachiller Elemental y los Guías-Intérpretes del de Bachiller Superior. A tales efectos se consideran equiparables a los expresados títulos aquellos que así determinen las disposiciones vigentes dictadas por el Ministerio de Educación y Ciencia, debiendo presentar los interesados fotocopia del título requerido o certificado del Ministerio de Educación y Ciencia en que se acredite la equiparación del título poseído con el exigido para tomar parte en dichos exámenes.

Segunda.

Los aspirantes a examen deberán presentar dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Delegación de la Secretaría de Estado de Turismo en Cádiz, instancia debidamente reintegrada, dirigida al Secretario de Estado de Turismo y en la que, solicitando ser admitidos a examen, expresen:

a) Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

b) Los títulos o méritos especiales que posean.

c) Los aspirantes a Guías-Intérpretes deberán especificar el idioma de que desean examinarse y los que alegan como mérito.

d) Que han satisfecho la cantidad de quinientas pesetas en concepto de derechos de examen, acompañando el oportuno justificante.

Tercera.

No obstante lo establecido en la base anterior, y de conformidad con lo previsto por el articulo 60 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1058, conforme a las modificaciones introducidas en la misma por Ley 164/ 1963, de 2 de diciembre, los interesados podrán presentar sus instancias bien en los Gobiernos Civiles, bien en las oficinas de Correos y hacer efectivo mediante giro postal o telegráfico el importe de los derechos de examen. En cuanto a las instancias suscritas por los españoles en el extranjero, pueden cursarse ante las Representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

Cuarta.

El Tribunal que habrá de juzgar y calificar los ejercicios estará presidido por el Director general de Empresas y Actividades Turísticas, que podrá delegar su representación en el Delegado de la Secretaría de Estado de Turismo en Cádiz. Formarán parte del mismo como Vocales el Jefe del Servicio de Formación y' Profesiones Turísticas y dos Profesores de Universidad o, en su defecto, de Instituto, y actuará como Secretario el Jefe de la Oficina de Información de Turismo en Cádiz.

Quinta.

Transcurrido el plazo de recepción de instancias será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la lista de aspirantes admitidos a la práctica de los correspondientes exámenes y la de excluidos, si los hubiere.

Sexta.

Conocida la lista definitiva de aspirantes admitidos a examen se anunciará en el «Boletín Oficial del Estado» la composición del Tribunal.

Séptima.

Los exámenes se celebrarán en Cádiz, debiendo anunciarse en el «Boletín Oficial del Estado» con una antelación mínima de quince días la fecha, hora y lugar del comienzo del primer ejercicio.

Octava.

Los exámenes para la habilitación de Guías constarán de dos ejercicios, uno oral y otro escrito, que se realizarán por el siguiente orden y serán eliminatorios:

En el ejercicio oral cada aspirante deberá contestar dos temas, uno sobre «Itinerarios y datos turísticos» y otro sobre «Legislación y organización turística». Dichos temas deberán ser desarrollados en el tiempo máximo y conjunto de media hora, y serán extraídos a la suerte por el examinando de entre los que integran el programa que se publica a continuación como anexo I de la presente convocatoria.

En el ejercicio escrito se desarrollarán, en el tiempo máximo y conjunto de dos horas, dos temas, uno sobre «Arte y Folklore» y otro sobre «Geografía, Historia y Literatura», los cuales serán extraídos a la suerte de entre los que integran el programa que se publica a continuación como anexo II de la presente convocatoria.

Novena.

Los exámenes para habilitación de Guías-Intérpretes constarán de los ejercicios oral y escrito indicados en la base anterior, que se realizarán en la forma expresada en la misma e irán precedidos de una prueba de idiomas.

En la prueba de idiomas los aspirantes efectuarán en el idioma que hubieren especificado en su instancia la lectura y traducción sucesiva de un texto sobre materia turística o artística, elegido por la suerte de entre los seleccionados previamente por el Tribunal, manteniéndose a continuación una conversación de diez minutos.

Los aspirantes a Guías-Intérpretes que no superen la prueba de idiomas exigidos preceptivamente podrán practicar, si así lo solicitan de forma expresa, los ejercicios oral y, escrito, en su caso, a fin de ser habilitados, si los aprobasen, como Guías.

Décima.

Terminados los exámenes el Tribunal redactará la lista de aspirantes declarados aptos y elevará al Secretario de Estado de Turismo, a través de la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas, la correspondiente propuesta para la habilitación de aquellos que, una vez aprobada, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Undécima.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán aportar ante la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas, por cualquiera de los conductos a que se refieren las bases segunda y tercera, dentro del plazo de treinta días hábiles, a partir de la publicación de la propuesta, los documentos siguientes:

a) Certificado de acta de nacimiento, debidamente legalizada, en su caso.

b) Certificado negativo de antecedentes penales.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad contagiosa ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la profesión.

d) Testimonio del título de Bachiller Elemental o de Bachiller Superior, según se trate de Guías o Guías-Intérpretes, respectivamente, y en caso de aportar en su lugar título distinto, certificado del Ministerio de Educación y Ciencia en que se acredite que éste ha sido equiparado al de Bachiller Elemental o al de Bachiller Superior.

e) Los documentos que acrediten la posesión de los títulos o méritos especiales invocados por el solicitante.

f) Tres fotografías tamaño carnet.

Los que fuesen funcionarios públicos podrán suplir la presentación de dichos documentos, a excepción de las fotografías, por certificado del Ministerio u Organismo de que dependan, siempre que del mismo resulten suficientemente acreditadas las circunstancias a que se refiere el número anterior.

Quienes dentro del plazo arriba indicado, salvo casos de fuerza mayor, no presentaran su documentación, no podrán ser habilitados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio en la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por la falsedad en la instancia a que se refiere la base segunda. .

Duodécima.

En lo no específicamente prevenido en las bases anteriores serán de aplicación las normas de carácter general, establecidas por el Decreto 1411/1988, de 27 de junio, sobre oposiciones y concursos, a excepción de lo determinado en el artículo segundo, título II, del vigente Reglamento Regulador del Ejercicio de Actividades Turístico - Informativas Privadas, aprobado por Orden del Ministerio dé Información y Turismo de 31 de enero de 1964.

Lo que comunico a V. E. y a W. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y a W. II. muchos años.

Madrid, 9 de enero de 1979.

GARCIA DIEZ

Excmo. e limo. Sres. Secretario de Estado de Turismo y Director general de Empresas y Actividades Turísticas.

ANEXO I
Temario para el primer ejercicio que han de realizar los aspirantes a Guías y Guías-Intérpretes de Cádiz

Itinerarios y datos turísticos

Tema 1. Comunicaciones ferroviarias en España. Principales líneas férreas desde Madrid. Principales nudos ferroviarios españoles. Distintas clases de billetes. Trenes Talgo, Taf y Ter. Los servicios de coches camas y coches restaurantes.

Tema 2. Líneas aéreas servidas por Compañías españolas. Líneas atendidas por Compañías de aviación extranjeras con escala en España. Clases de tarifas y billetes. Comunicaciones aéreas de Madrid con el resto de España y el extranjero.

Tema 3. Accesos a Cádiz. Líneas de autobuses de interés turístico en la provincia de Cádiz.

Tema 4. Itinerarios prácticos para la visita de Cádiz en un día.

Tema S. Itinerarios prácticos para la visita de Cádiz en dos días.

Tema 6. Principales localidades de interés turístico por su importancia histórica y artística en la provincia de Cádiz. Itinerarios más convenientes para su visita. Especial referencia a Medina-Sidonia, Arcos y Jerez de la Frontera.

Tema 7. Museos, archivos, bibliotecas de la provincia de Cádiz. Precios y horarios. Salas de exposiciones artísticas.

Tema 8. Hoteles, balnearios, restaurantes, espectáculos, salas de fiesta, etc., en la provincia de Cádiz.

Tema 9. Turismo deportivo en Cádiz y su provincia: caza, pesca, natación, pesca submarina, balandrismo, etc.

Tema 10. Documentación turística sobre la provincia de Cádiz: guías descriptivas, libros, mapas de carreteras, etc.

Legislación y organización turística

Tema 1. Breve noción de la Secretaria de Estado de Turismo. Direcciones Generales de Promoción del Turismo y de Empresas y Actividades Turísticas. Finalidad y funciones de las Oficinas de Información Turística dependientes de esta Secretaría de Estado de Turismo; red de las mismas en España y en el extranjero. Instituto Español de Turismo. Escuela Oficial de Turismo.

Tema 2. La hostelería y su clasificación por categorías. Precios y servicios. Reglamentación de las Agencias de Viajes. Reglamentación de Campings. Reglamentación de Alojamientos Turísticos no Hoteleros

Tema 3. La Administración Turística Española. Rutas nacionales. Establecimientos turísticos del Estado: albergues, paradores, hosterías y refugios. Características, servicios, precios y emplazamiento de los mismos. Cotos nacionales de caza y pesca: emplazamiento. .

Tema 4. Los Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo. Sus funciones y requisitos para la habilitación de dichos profesionales. Derechos y obligaciones. Reglamento de Guías, Guías- Intérpretes y Correos de Turismo.

Tema 5. Delegaciones Provinciales de la Secretaría de Estado de Turismo. Funciones en relación con la hostelería, las Agencias de Viajes y los Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo. Centros de iniciativas y turismo. Centros y zonas de interés turístico.

Tema 6. El Seguro Turístico. Condiciones generales y particulares para la contratación del seguro. Tarifas de aplicación del Seguro Turístico e instrucciones sobre las mismas.

Tema 7. Documentación obligatoria de los extranjeros para su entrada en España. Pasaportes y visados. Sus clases.

Tema 8. Aduanas y fronteras. Disposiciones sobre la materia. Facilidades para la exportación de artículos manufacturados adquiridos por turistas. Régimen de divisas.

Tema 9. Principales disposiciones sobre la inversión de oapital extranjero en España. Legislación fiscal relativa a extranjeros que desean residir en España.

Tema 10. Entrada y salida de vehículos de España con carácter temporal. Matrícula turística. Uso y circulación de vehículos de motor. El Real Automóvil Club de España.

ANEXO II
Temario para el segundo ejercicio que han de realizar los aspirantes a Guías y Guías-Intérpretes de Cádiz

Arte y folklore

Tema 1. El arte prehistórico. España remana. Monumentos y restos de interés.

Tema 2. El Románico y el Gótico. El Mozárabe y el Mudéjar. Manifestaciones más importantes de estos estilos.

Tema 3. El arte del Renacimiento. Estilos Isabelino, Cisneros, Plateresco y Herreriano. Manifestaciones de estos estilos. .

Tema 4. El arte barroco y neoclásico. Monumentos importantes de estos estilos en Cádiz.

Tema 5. Principales monumentos religiosos, civiles y castrenses en la provincia de Cádiz.

Tema 6. Los grandes maestros de la pintura española.

Tema 7. Los grandes escultores españoles. La escultura en madera policromada.

Tema 8. Artistas y escritores gaditanos.

Tema 9. El traje y la vivienda popular en Cádiz. Fiestas principales en la provincia de Cádiz. Cantos y danzas gaditanos.

Tema 10. Artes decorativas y populares, artesanía, cerámica, hierro, armas, encaje, etc., con especial consideración de Cádiz y su provincia.

Tema 11. Gastronomía y vinos en Cádiz (bodegas). Tradiciones y leyendas en la provincia de Cádiz.

Geografía, Historia y Literatura

Tema 1. Situación y características generales de la provincia de Cádiz. Elementos geográfico-geológicos. Extensión y número de habitantes.

Tema 2. El clima, orografía e hidrografía en la provincia de Cádiz.

Tema 3. La agricultura y la industria. Características del paisaje en la provincia de Cádiz. Sitios de altura, lugares y bellezas naturales. Parques y jardines de la ciudad de Cádiz. Costas, playas y puertos.

Tema 4. La Prehistoria y la Edad Antigua en Cádiz.

Tema 5. Historia de Cádiz durante la Edad Media.

Tema 6. Historia de Cádiz en las Edades Moderna y Contemporánea.

Tema 7. Nociones de Historia General de España. La Reconquista.

Tema 8. España en el comienzo de la Edad Moderna. Los Reyes Católicos. La unidad peninsular. Política mediterránea de los Reyes Católicos. La estructura política y social de España bajo los Reyes Católicos.

Tema 9. Descubrimiento y conquista de América. Cristóbal Colón. La época de los descubrimientos. La colonización. Él sistema colonial y las Leyes de Indias.

Tema 10. La Casa de Austria. Carlos I y Felipe II. La decadencia de España durante el siglo XVIII; Felipe III, Felipe IV y Carlos II. Planteamiento de la sucesión a la corona española.

Tema 11. El siglo XVIII: la Guerra de Sucesión. Reinado de Felipe V y Fernando VI. Los pactos de familia y la política de neutralidad.

Tema 12. El siglo XVIII: reinado de Carlos III y la política reformista de la Ilustración. Reinado de Carlos IV. España ante la Revolución Francesa.

Tema 13. El siglo XIX: la Guerra de la Independencia y el reinado de Fernando VIL La época de Isabel II. Las guerras carlistas. De la revolución de 1868 hasta el final de la Primera República. La Restauración: reinado de Alfonso XII y regencia de María Cristina.

Tema 14. El siglo XX: el reinado de Alfonso XIII. La Segunda República Española. La guerra civil. España desde 1939 a la actualidad. La Constitución Española de 1978. Legislación laboral española.

Tema 15. Los orígenes de la literatura española. Literatura castellana en la Edad Media. La épica y la lírica. El siglo XV. Los romances.

Tema 16. La mística y la ascética. El Renacimiento. La novela de caballerías. La importancia de Cervantes: «Don Quijote de la Mancha». El Siglo de Oro en la literatura española.

Tema 17. El Romanticismo en la literatura española. La novela del siglo XIX español. El naturalismo. Galdós y «Los Episodios Nacionales». La generación del 98.

Tema 18. La literatura española desde 1920 hasta la actualidad. El teatro en España. La novela actual.

Tema 19. Los grandes premios literarios en España. La Asociación Internacional de Escritores de Turismo. Libros de viajes sobre España de autores españoles y extranjeros.

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