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Documento BOE-A-1979-3515

Orden de 7 de diciembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 400.603.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 1979, páginas 3059 a 3059 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-3515

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 400.603, interpuesto por don Justo Oroz García contra resolución de 19 de febrero de 1971, sobre rescisión de contrato de la vivienda número 1.265 del grupo «Cuartel de la Montaña», se ha dictado sentencia, con fecha 12 de abril de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que desestimando la pretensión en este proceso deducida por el Procurador don Juan Ignacio Avila del Hierro, en nombre y representación de don Justo Oroz García, frente a la resolución del excelentísimo señor Ministro de la Vivienda de doce de enero de mil novecientos setenta y uno, debemos confirmar y confirmamos la misma, por ajustada a derecho; sin imposición de costas.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid 7 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas  y Urbanismo, Pedro José López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de la Vivienda.

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