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Documento BOE-A-1979-3751

Orden de 20 de diciembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Territorial de Madrid, dictada con fecha 10 de noviembre de 1978, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Miguel Arévalo Alonso.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1979, páginas 3237 a 3238 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-3751

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, entre partes, de una, como demandante, don José Miguel Arévalo Alonso, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra resoluciones del Ministerio del Ejército de 22 de enero y de 11 de marzo de 1976, se ha dictado sentencia con fecha 10 de noviembre de 1978 cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que no dando lugar a las causas de inadmisibilidad que, basadas, respectivamente, en los artículos ochenta y dos-f) y cincuenta y siete, segundo, e), ochenta dos-f) y cincuenta y ocho, cuarto, y ochenta y dos-c) y cuarenta-a), de la Ley de la Jurisdicción, adujo el Abogado del Estado en su contestación a la demanda, debemos desestimar y desestimamos, sin embargo, el recurso contencioso-administrativo interpuesto per el Procurador don José Manuel de Dorremochea Arévalo Alonso contra el acuerdo del Ministerio del Ejército de quince de noviembre de mil novecientos setenta y tres, notificado mediante el traslado de las resoluciones de dicho Departamento de veintidós de enero de mil novecientos setenta y seis y, en especial, de once de marzo de mil novecientos setenta y seis, por el que se conformó, en vía de reposición, la fijación, por decisión de nueve de octubre de mil novecientos setenta y tres, de la indemnización a la Administración de ciento veinte mil pesetas, al no haber ejercido durante el mínimo de seis años la especialidad Médico-Militar alcanzada mediante el concurso-oposición convocado el 20 de junio de mil novecientos setenta, por ser todos los actos administrativos citados conformes a derecho; sin costas.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid, 20 de diciembre de 1978.

GUTIÉRREZ MELLADO

Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército.

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