Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la firma «Hijos de Rainera Pérez Marín, Sociedad Anónima», en solicitud de que le sea prorrogado el período de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden ministerial de 10 de marzo de 1973 («Boletín Oficial del Estado» del 30),
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
Prorrogar por un año más, a partir del día 30 de marzo de 1978, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Hijos de Rainera Pérez Marín, S. A.», por Orden de 10 de marzo de 1973 («Boletín Oficial del Estado» del 30), para la importación de alcohol etílico-vínico y la exportación de vinos, vermuts, mistelas, bebidas amisteladas y brandies.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 18 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación
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