Ilmo. Sr.: Vista la instancia formulada por la firma «Polifibra, S. A.», en solicitud de autorización para ceder el beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias, primas contenidas en las exportaciones realizadas dentro del sistema de reposición con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 5 de febrero de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de febrero) y ampliado por Orden de 20 de junio de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de agosto).
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto autorizar a la firma «Polifibra, S. A.». Igualada (Barcelona), la cesión del beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias primas contenidas en las exportaciones realizadas a partir del 5 de octubre de 1978, dentro del sistema de reposición, con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 5 de febrero de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 18) y ampliado por Orden de 20 de junio de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de agosto).
El Servicio de Tráfico de Perfeccionamiento Activo de la Dirección General de Exportación hará constar en la documentación relativa a las importaciones acogidas a esta cesión qué empresa es la cedente del beneficio correspondiente.
El cesionario será el sujeto pasivo del Impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados regulados por el Decreto 1018/1967, de 6 de abril, al tipo impositivo previsto en el número 2 de la tarifa vigente.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 27 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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