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Documento BOE-A-1979-3946

Orden de 15 de diciembre de 1978 por la que se dispone la aprobación de un prototipo de contador eléctrico marca «CDC», tipo «T 7 DA», de 10 A, 3 por 220/380 V., trifásico a cuatro hilos para energía activa.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 1979, páginas 3425 a 3425 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-3946

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Vista la petición interesada por la Entidad «Compañía para la Fabricación de Contadores y Material Industrial, S. A. - CDC», con domicilio en Vial, número 5, de Montornés del Vallés (Barcelona), en solicitud de aprobación de un prototipo de contador eléctrico marca «CDC», tipo «T 7 DA», de 10 A, 3 por 220/380 V., trifásico a cuatro hilos para energía activa," fabricado en sus talleres.

Esta Presidencia del Gobierno, de acuerdo con las normas previstas en el Decreto de 12 de marzo de 1954; Decreto 955/1974, de 28 de marzo por el que se someten a plazo las autorizaciones de los modelos-tipo de aparatos de pesar y medir, y con el informe emitido por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, ha resuelto:

Primero.

Autorizar en favor de la Entidad «Compañía para la Fabricación de Contadores y Material Industrial, S. A. - CDC», el prototipo de contador eléctrico marca «CDC», tipo «T 7 DA», de 10 A, para 3 por 220/380 V., trifásico a cuatro hilos para energía activa, y cuyo precio máximo de venta será de seis mil novecientas sesenta y ocho (6.968) pesetas.

Segundo.

La presente autorización tendrá un plazo de validez que caducará el día 31 de diciembre de 1988, y próximo a transcurrir este plazo de validez, la Entidad interesada, si lo desea, solicitará de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia prórroga de la autorización de circulación, la cual será propuesta a la superioridad de acuerdo con los datos, estudios y experiencias llevadas a cabo por la propia Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología o las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.

Tercero.

La aprobación temporal del prototipo anterior queda supeditada al cumplimiento de todas y cada una de las condiciones de carácter general aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de julio de 1956 («Boletín Oficial del Estado» del día 6 de agosto).

Cuarto.

Los contadores correspondientes al prototipo a que se refiere esta disposición llevarán inscritos en la esfera las siguientes indicaciones:

a) Nombre de la casa constructora, o la marca, tipo del contador y designación del sistema.

b) Número de orden de fabricación del contador, que deberá estar grabado también en una de sus piezas principales interiores (chasis).

c) Clase de corriente para la que debe ser empleado el contador, condiciones de la instalación, características normales de la corriente para la que se ha de utilizar y número de revoluciones por minuto que corresponden a un kilovatio hora.

d) Fecha del «Boletín Oficial del Estado» en que se publique la aprobación del prototipo.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 15 de diciembre de 1978.

OTERO NOVAS

Ilmos. Sres. Presidente de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia y Director general de Promoción Industrial y Tecnología.

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