Excmos. Sres.: De orden del excelentísimo señor Ministro se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada en fecha 17 de abril de 1978 en el recurso contencioso-administrativo número 506.488, promovido por don Arturo Rodríguez Guardia, sobre asignación dé coeficiente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que declaramos la inadmisibilidad del recurso de don Arturo Rodríguez Guardia contra los actos y disposiciones generales, enumerados en los apartados uno al ocho del suplico de la demanda, y entrando a conocer de la resolución del Instituto Nacional de Asistencia Social de cinco de mayo de mil novecientos setenta y seis, que denegó el recurso de reposición interpuesto por el actor, solicitando su integración en la Escala Técnica del INAS, desestimamos dicho recurso, declarando ajustado a derecho el acto impugnado, sin hacer expresa imposición de costas.»
Lo que digo a VV. EE.
Dios guardé a W. EE.
Madrid, 27 de julio de 1978.–El Secretario de Estado. Manuel Fraile Crivilles.
Excmos. Sres. ...
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