Ilmo. Sr.: Examinados los expedientes tramitados a través de la Delegación Provincial a instancia de los Directores de los Centros que se indican, en los que solicitan autorización para impartir las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria;
Teniendo en cuenta que los citados Centros han sido clasificados, con carácter provisional, en la categoría académica de homologados para las enseñanzas del Bachillerato Unificado y Polivalente,
Este Ministerio, vistos los informes favorables de la Inspección de Enseñanza Media del Distrito Universitario correspondiente y del Rectorado de la Universidad respectiva, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 v las Ordenes ministeriales de 13 de julio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» del 20), de 22 de marzo de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de abril) y de 24 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 31), ha resuelto autorizar la impartición de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria a los Centros que se indican a continuación:
Municipio: Marín.
Localidad: Marín.
Denominación: «San Narciso».
Domicilio: Chan de Monte.
Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 4 de julio de 1975.
Número de puestos escolares para C. O. U.: 80, en régimen mixto.
Municipio: Vigo.
Localidad: Vigo.
Denominación: «Apostol Santiago».
Domicilio: Sanjurjo Badia, 77.
Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 1 de julio de 1975.
Número de puestos escolares para C. O. U.: 200.
Municipio: Vigo.
Localidad: Vigo.
Denominación: «Compañía de María».
Domicilio: María Verdiales, 16-22.
Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 4 de julio de 1975.
Número de puestos escolares para C. O. U.: 120, en régimen mixto.
Municipio: Vigo.
Localidad: Vigo.
Denominación: «Montecastelo».
Domicilio: La Gandariña, sin número.
Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 4 de julio de 1975.
Número de puestos escolares para C. O. U.: 80.
Esta autorización está condicionada a que los Centros indicados obtengan la clasificación definitiva de homologados, según lo dispuesto en la Orden de 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 15).
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 15 de septiembre de 1978.‒P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general dé Enseñanzas Medias.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid