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Documento BOE-A-1979-3985

Orden de 18 de diciembre de 1978 por la que se crea una Sección de Formación Profesional de primer grado en la localidad de Almenar (Lérida).

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 1979, páginas 3437 a 3437 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-3985

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Con el fin de satisfacer la necesidad de puestos escolares de Formación Profesional de primer grado, con la previsión a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Educación y las específicas de la zona, así como lo establecido en el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril siguiente),

Este Ministerio, de acuerdo con el informe emitido por la Delegación Provincial de Lérida y teniendo en cuenta que por la respectiva Corporación Municipal han sido facilitados locales suficientes ha dispuesto lo siguiente:

Primero.

Se crea, a partir del presente curso, académico, en los locales del Colegio Municipal «San Sebastián», de Almenar, una Sección de Formación Profesional de primer grado, dependiente del Instituto Politécnico Nacional de Lérida, y en la que se cursarán las enseñanzas de Formación Profesional de primer grado en las ramas Administrativa y Comercial, profesión Administrativa, y Eléctrica, profesión Electricidad. Al frente de la misma habrá un Profesor que actuará como Profesor-Delegado del Centro estatal del que depende, y que será nombrado por el Delegado provincial del Departamento en la forma reglamentaria.

Segundo.

Los gastos de personal docente serán sufragados con cargo al presupuesto del Patronato de Promoción de la Formación Profesional.

Tercero.

Los gastos de material fungible, inventariable y mobiliario serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de la Formación Profesional. Los gastos de funcionamiento no incluidos entre los ya citados serán sufragados por el Ayuntamiento de la localidad arriba mencionada.

Cuarto.

Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para tomar todas las medidas que considere necesarias para el mejor cumplimiento de cuanto por la presente se dispone.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 18 de diciembre de 1978.–P.D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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