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Documento BOE-A-1979-3988

Orden de 20 de diciembre de 1978 por la que se crea una Sección de Formación Profesional de primer grado en los locales del Colegio Nacional de Educación General Básica «Ciudad de Jaén», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 1979, páginas 3438 a 3438 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-3988

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Con el fin de satisfacer la necesidad de puestos escolares de Formación Profesional de primer grado, con la previsión a que se refiere el artículo 40 de la Ley General de Educación y las especificas de la zona, así como lo establecido en el artículo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril siguiente),

Este Ministerio, de acuerdo con el informe emitido por la Delegación Provincial de Madrid, ha dispuesto lo siguiente:

Primero.

Se crea, a partir del presente curso académico 1978-79, en los locales del Colegio Nacional de Educación General Básica «Ciudad de Jaén», de Madrid, una Sección de Formación Profesional de primer grado, en la que se cursarán las enseñanzas de Formación Profesional de primer grado en las ramas de Metal, profesión Mecánica; Eléctrica, profesión Electricidad, y Administrativa y Comercial, profesión Administrativa.

Segundo.

Por la Delegación Provincial de Madrid se adscribirá la Sección de nueva creación a un Centro estatal de Formación Profesional de dicha provincia.

Tercero.

Al frente de la Sección habrá un Profesor-Delegado, nombrado por la Delegación Provincial en la forma reglamentaria, el cual dependerá orgánicamente del Director del Centro de Educación General Básica y funcionalmente del Director del Centro oficial de Formación Profesional a que haya sido adscrita.

Cuarto.

El personal docente, será nombrado por la Dirección General de Personal de este Departamento.

Quinto.

Los gastos de material fungible, inventariable y mobiliario serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de la Formación Profesional.

Sexto.

Se autoriza a la Direción General de Enseñanzas Medias para tomar todas las medidas que considere necesarias para el mejor cumplimiento de cuanto por la presente se dispone.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 20 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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