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Documento BOE-A-1979-4443

Resolución de la Delegación Provincial de Segovia por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 1979, páginas 3821 a 3822 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-4443

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Segovia a petición de «Unión Eléctrica, S.A.», con domicilio en Madrid, Capitán Haya, 53, y oficinas en Segovia, Juan Bravo, 30, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una instalación eléctrica de línea alta tensión y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre utilización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Segovia ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica, S.A.», la instalación de la línea alta tensión, cuyas principales características son las siguientes:

Línea trifásica de circuito simple a 15 KV., con conductores de aluminio-acero de 54,59 milímetros cuadrados de sección, aisladores de vidrio y apoyos de hormigón y metálicos, cuyo recorrido de 2.462 metros de longitud tendrá su origen en la subestación transformadora de Cantalejo, finalizando en un apoyo metálico en las proximidades de la carretera de Cuéllar, después de rodear prácticamente la localidad de Cantalejo, así como una derivación de 250 metros de longitud para las instalaciones del Silo. La finalidad de esta instalación es mejorar el servicio, ampliar las posibilidades de distribución y alejar las líneas de media tensión de las construcciones de viviendas que se llevan a cabo en la citada localidad.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá realizarse mientras no cuente el peticionario de la msma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Segovia, 12 de enero de 1979.‒El Delegado provincial, Juan L. Carrascal Rodríguez.‒749-C.

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