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Documento BOE-A-1979-4505

Orden de 10 de enero de 1979 por la que se modifica el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Corberó, S. A.», por Orden de 20 de enero de 1976, posteriormente modificado y ampliado por Ordenes de 9 de agosto de 1977 y 8 de mayo de 1978, en el sentido de cambiar la denominación de ciertos modelos de frigoríficos a exportar.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 1979, páginas 3840 a 3840 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-4505

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La Firma «Corberó, S. A.», beneficiaría del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 20 de enero de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del 3 de febrero), posteriormente modificado y ampliado por Ordenes de 9 de agosto de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 15 de septiembre) y de 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 17 de junio), para la importación de materias primas y piezas y la exportación de frigoríficos domésticos, solicita su modificación en el sentido de cambiar la denominación de ciertos modelos de frigoríficos a exportar.

Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:

Primero.

Modificar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Corberó, S. A.», con domicilio en Baronesa de Maldá, 56, Esplugas de Llobregat, Barcelona, por Orden ministerial de 20 de enero de 1976 («Boletín Oficial de Estado» del 3 de febrero), posteriormente modificado y ampliado por Ordenes de 9 de agosto de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 15 de septiembre) y 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 17 de junio) en el sentido de sustituir por los siguientes los modelos de frigoríficos a exportar reseñados en la citada Orden ministerial de 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de junio):

I) FL-200, de una puerta, con un peso unitario de 50,345 kilogramos y una capacidad útil de refrigeración de 185 litros.

II) FL-255 de una puerta, con un peso neto unitario de 58,087 kilogramos y una capacidad útil de refrigeración de 235 litros.

III) FL-300, de una puerta, con un peso neto unitario de 65,659 kilogramos y una capacidad útil de refrigeración de 280 litros.

IV) FL-315, de dos puertas, con un peso neto unitario de 73,328 kilogramos y una capacidad útil de refrigeración de 285 litros.

Tercero.

Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 16 de noviembre de 1978 también podrán acogerse a los beneficios de los sistemas de reposición y de devolución derivados de la presente modificación, siempre que se haya hecho constar en la licencia de exportación y en la restante documentación aduanera de despacho la referencia de estar solicitados y en trámite de resolución. Para estas exportaciones los plazos señalados para solicitar la importación o devolución, respectivamente, comenzarán a contarse desde la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 20 de enero de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero) y modificaciones y ampliaciones posteriores por Ordenes de 9 de agosto de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 15 de septiembre) y de 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 17 de junio).

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 10 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

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