Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los capítulos III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas; Decreto 2619/1966´, de 20 de octubre, y Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, de 20 de septiembre de 1973, y de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,
Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
a) Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima».
b) Domicilio: Granada, Escudo del Carmen, 31.
c) Línea eléctrica:
Origen: Apoyo a instalar en Red de B. T. de C. S. E.
Final: Caja de protección a instalar por el peticionario.
Término municipal afectado: Ogíjares.
Tipo: Aérea.
Longitud en kilómetros: 0,205.
Tensión de servicio: 220 voltios.
Conductores: Aluminio, aislado 1 kV., trenzado, de 4 por 25 milímetros cuadrados, y fiador de 6 milímetros de diámetro.
Apoyos: Metálicos.
Aisladores: Abrazaderas d/collar 22/30 milímetros de diámetro, 6-12 milímetros de diámetro.
Potencia a transportar: 5.000 W.
d) Procedencia de los materiales: Nacional.
e) Presupuesto: 422.013 pesetas.
f) Finalidad de la instalación: Suministro de energía eléctrica en B. T. a una vivienda propiedad de don José Ruiz García
g) Referencia 217/78.
Las obras se ajustarán, en lo que no resulte modificado por la. presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al «proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
Sé observarán los condicionados emitidos por la excelentísima Diputación Provincial y Compañía Telefónica Nacional de España.
El plazo de puesta en marcha será de seis meses.
El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo (sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas), y su Reglamento, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Granada, 13 de enero de 1979.–El Delegado provincial, Huberto Meersmans Hurtado.–767-14.
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