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Documento BOE-A-1979-5358

Real Decreto 289/1979, de 20 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 3030/1978, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Calendario Laboral para el año 1979.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 1979, páginas 4659 a 4659 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1979-5358
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/02/20/289

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto tres mil treinta/mil novecientos setenta y ocho, de cuatro de diciembre, aprueba el Calendario Laboral para el año mil novecientos setenta y nueve, no apareciendo en la relación de días festivos contenida en su artículo primero la festividad de San José.

Dicha festividad ha venido reconocida legalmente como tal a efectos laborales a partir de la promulgación del Reglamento de la Ley de Descanso Dominical, aprobado por Decreto de veinticinco de enero de mil novecientos cuarenta y uno, figurando en su artículo cincuenta y cinco como fiesta religiosa equiparada al domingo a efectos de trabajo, disfrutándose ininterrumpidamente en este sentido a lo largo de los años a partir de la vigencia de la norma señalada.

El contenido del artículo cincuenta y cinco del Reglamento de la Ley de Descanso Dominical se vio modificado por el artículo veinticinco, dos, de la Ley dieciséis/mil novecientos setenta y seis, de ocho de abril, de Relaciones Laborales, que establece que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo, elaborará el Calendario Anual de Fiestas Laborales, especificando en él las declaradas legalmente de ámbito nacional y las de carácter local, sin que las primeras excedan de doce y las segundas de dos, determinando que ninguna de ellas sea recuperable a efectos laborales y siendo todas ellas retribuidas.

En cumplimiento de tal mandato legal pe publicó el Calendario de Fiestas Laborales de carácter nacional correspondientes al año mil novecientos setenta y siete, en el que aparecía el día de San José como festivo a efectos laborales, no apareciendo, por el contrario, en el Calendario correspondiente al año mil novecientos setenta y ocho, por coincidir la fecha de celebración de esta festividad con domingo.

Habida cuenta la profunda tradición religiosa y popular de dicha festividad en toda la nación, resulta aconsejable mantener el rango y carácter que siempre tuvo tal día, si bien para ello sea preciso en el presente año de mil novecientos setenta y nueve modificar el mencionado Decreto tres mil treinta/mil novecientos setenta y ocho, para que este reconocimiento no implique un aumento de fiestas laborales por encima del máximo fijado en la Ley de Relaciones Laborales.

En su virtud, a propuesta del Ministerio de Trabajo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su sesión del día veinte de febrero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se modifica el Calendario de Fiestas Laborales de ámbito nacional para el año mil novecientos setenta y nueve, aprobado por Real Decreto tres mil treinta/mil novecientos setenta y ocho, de cuatro de diciembre, en su artículo primero, en el sentido de incluir como día festivo de ámbito nacional, retribuido y no recuperable, e inhábil a efectos laborales, el día diecinueve de marzo, festividad de San José.

Artículo 2.

Igualmente se modifica el mencionado Calendario Laboral en el sentido de excluir de la relación de días festivos el día uno de noviembre, festividad de Todos los Santos, que, consiguientemente, será considerado como día laborable a todos los efectos legales.

Dado en Madrid a veinte de febrero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Trabajo,

RAFAEL CALVO ORTEGA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 20/02/1979
  • Fecha de publicación: 21/02/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 13/03/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1 del Real Decreto 3030/1978, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-1978-31076).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 25.2 de la Ley 16/1976, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1976-8373).
  • CITA Reglamento de Descanso Dominical aprobado por Decreto de 25 de enero de 1941 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1941-2055).
Materias
  • Descanso laboral
  • Fiestas
  • Trabajo

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