Ilmo. Sr.: De conformidad oon lo dispuesto en la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido de 9 de abril de 1976, y en los Reales Decretos 1558/1977, de 4 de julio; 1917/1977, de 29 de julio, y Orden ministerial de 9 de agosto de 1977, Se resuelven los asuntos que se indican.
1. Las Palmas. Expediente de modificación del artículo 198-2 de las Ordenanzas de la Construcción de Las Palmas, presentado por el Ayuntamiento de dicha capital.
Se aprueba.
2. Pamplona. Expediente sobre zonas verdes privadas, como anexo de las Ordenanzas de Construcción, de Pamplona, presentado por el Ayuntamiento de dicha capital.
Se aprueba en los mismos términos del acuerdo por el que se aprobó provisionalmente.
Lo que Se publica en este «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Suelo, significando que contra estas resoluciones que se transcriben, definitivas en vía administrativa, cabe contra las números 1 y 2 la interposición del recurso de reposición ante el Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de esta publicación, y en su día el contencioso-administrativo, que habrá de interponerse ante la Audiencia Territorial en el plazo de dos meses, contados desde ei día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, o si no lo fuere, en el plazo de un año, a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 22 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Eduardo Merigó González.
Ilmo. Sr. Director general de Urbanismo.
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