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Documento BOE-A-1979-5558

Resolución del Registro de la Propiedad Industrial por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 1.478/74, promovido por don Marcelino Menéndez Rodríguez, contra resolución de este Registro de 20 de julio de 1970.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 1979, páginas 4805 a 4805 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-5558

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.478/74, interpuesto por don Marcelino Menéndez Rodríguez, contra resolución de este Registro de la Propiedad Industrial de 20 de julio de 1970, se ha dictado con fecha 18 de marzo de 1978 sentencia por la Audiencia Territorial, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debiendo estimar como estimamos el recurso contencioso-administrativo número mil cuatrocientos setenta y ocho/setenta y cuatro, promovido por el Letrado don Juan José Valverde Persa en nombre y representación de don Marcelino Menéndez Rodríguez contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de veinte de julio de mil novecientos setenta por la que se concedió el modelo de utilidad número ciento cincuenta y tres mil sesenta y siete por "estructura de sujeción y sustentación relativa a piezas simétricas para la construcción", que fue confirmado a la tácita, por vía de silencio administrativo, en el recurso de reposición formulado contra aquélla y declarando nula esta resolución así como el procedimiento administrativo mandamos retrotraer este al momento mismo de la interposición del recurso de reposición, para que se tramite conforme a derecho y con expresa emisión de informe por la Asesoría Técnica, decida en definitiva el citado recurso el Registro de la Propiedad Industrial. Sin hacer expresa imposición de costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa”, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1950, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 30 de enero de 1979.‒El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.

Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.

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