Ilmo. Sr.: De acuerdo con lo que dispone el artículo 7.° de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero; los artículos 7.°, 8.°. 9.° y 15 del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, así como las Condiciones que se fijan en el Reglamento General de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por Orden ministerial de 26 de julio de 1973, y en los Reglamentos Técnicos de Control y Certificación de Semillas de Cereales de Fecundación Autógena, Maíz y Sorgo, aprobados por Ordenes ministeriales de 28 de noviembre de 1973 y 29 de octubre de 1974. relativas a concesión de autorizaciones de Productor de Semillas, y, vista la propuesta formulada por la Junta Central de! Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero, en su reunión del día 27 de octubre de 1978, elevada a través de esa Dirección General de la Producción Agraria,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Uno. Se concede el título de Productor de Semillas de Cebada, con categoría de Seleccionador y con carácter definitivo, a la Entidad «Colser Semillas, S. A.».
Dos. Se concede el título de Productor de Semillas de Maíz y Sorgo, con categoría de Seleccionador y con carácter definitivo, a la Entidad «Complejo Agrícola Semillas, S. A.».
Tres. Las concesiones de títulos de Productor a que hacen referencia los apartados uno y dos obligan al cumplimiento de los requisitos que se exigen para la obtención del título de Productor de Semillas en él Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por él que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero; en el Reglamento General de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por Orden de 26 de julio de 1973, y en los Reglamentos Técnicos de Control y Certificación correspondientes a las distintas especies.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 5 de febrero de 1979.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmo. Sr. Director general de la Producción Agraria.
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