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Documento BOE-A-1979-5622

Orden de 19 de enero de 1979 sobre el plan de disposición de fondos del Tesoro Público a aprobar por el Gobierno, en cumplimiento del artículo 77 de la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 1979, páginas 4849 a 4849 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-5622
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/01/19/(6)

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos señores:

Acordada en Consejo de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley General Presupuestaria de 4 de enero de 1977 y artículos 108.5 y 101 del Reglamento del Congreso y del Senado, respectivamente, la prórroga, durante 1979, del Presupuesto de Gastos del Estado, aprobado por Ley 1/1978, de 19 de enero, se hace preciso dar cumplimiento al artículo 77 de la Ley General Presupuestaria, en el que se dispone que la expedición de las órdenes de pago, con cargo al Presupuesto del Estado, habrá de acomodarse al plan que sobre disposición de fondos del Tesoro Público se establezca por el Gobierno, a propuesta del Ministro de Hacienda.

Formulada la citada propuesta por este Ministerio y aprobada en Consejos de Ministros en su reunión del día 19 de enero de 1979, se establece la distribución de fondos, a la que habrá de acomodarse la expedición de las órdenes de pago correspondientes, que se indica a continuación, cuya cuantía no podrá exceder de:

a) Mensualmente, la onceava parte de los créditos comprendidos en el capítulo 1.º de las distintas Secciones del Presupuesto y de los créditos para subvenciones a Empresas públicas y Organismos autónomos, hasta tanto entre en vigor la Ley de Presupuestos para 1979. A partir de dicha fecha, los créditos mencionados se dispondrán mensualmente por dozavas partes.

b) Mensualmente, por dozavas partes los créditos comprendidos en la Sección 13, Servicio 06, artículo 471.

c) Trimestralmente, tres dozavas partes de los restantes créditos.

d) Cualquier distribución que haya de rebasar los expresados límites, habrá de contar con la aprobación previa de este Ministerio de Hacienda, a solicitud de los Ministerios interesados.

Lo que digo a VV. EE. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. EE.

Madrid, 19 de enero de 1979.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

Excmos. Sres. Ministros.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/01/1979
  • Fecha de publicación: 23/02/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 77 de la Ley 11/1977, de 4 de enero (Ref. BOE-A-1977-466).
  • CITA:
Materias
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
  • Gastos públicos
  • Hacienda Pública
  • Ordenación de gastos y pagos
  • Presupuestos Generales del Estado

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