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Documento BOE-A-1979-5755

Orden de 5 de febrero de 1979 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete).

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 1979, páginas 4919 a 4920 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-5755

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, con fecha de 23 de febrero de 1978, en el recurso contencioso-administrativo número, 15.165, interpuesto por «Ayuntamiento de Elche de la Sierra» (Albacete) contra este Departamento sobre exención de cotización,

Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos. Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) contra la resolución del Ministerio de Trabajo de tres de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve, desestimatoria del recurso de alzada promovido contra la Resolución de la Dirección General de Previsión de seis de junio de mil novecientos sesenta y nueve, que denegó la solicitud formulada el dos de mayo del propio año, para que le fuese reconocida la exención de la cuota empresarial al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, debemos declarar y declaramos que las citadas Resoluciones no son conformes a derecho, por lo que las anulamos y dejamos sin ningún valor ni efecto, no estando el referido Ayuntamiento sometido al pago de la mencionada cuota empresarial, por lo que ordenamos le sean devueltas las cantidades que por tal concepto haya satisfecho; desestimando las restantes peticiones deducidas en la demanda; sin hacer imposición de las costas causadas.

Así, por esta nuestra sentencia, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» e insertará en la «Colección Legislativa», lo pronunciamos, mandamos y firmamos.‒Adolfo Suárez.‒Fernando Vidal.‒Manuel Gordillo.‒Paulino Martín.‒José Gabaldón (rubricados).»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 5 de febrero de 1979.‒P. D., el Subsecretario, José Javier Viñes Rueda.

Ilmo. Sr. Director general de Régimen Económico de la Seguridad Social.

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