Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con fecha 23 de junio de 1978 en el recurso contencioso-administrativo número 403.410, interpuesto por Consejo Nacional de Auxiliares Sanitarios contra este Departamento, sobre aprobación del Reglamento de Régimen Interior, Gobierno y Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social,
Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación del Consejo Nacional de Auxiliares Sanitarios contra el Reglamento para el Régimen, Gobierno y Servicio de las instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, aprobado por Orden ministerial del Ministerio de Trabajo de fecha siete de julio de mil novecientos setenta y dos, debemos declarar y declaramos válido y conforme a derecho la mencionada disposición general y por tanto los preceptos particulares de la misma impugnados subsidiariamente en este proceso y absolvemos a la Administración de las pretensiones deducidas por la parte actora; sin imposición de costas. Devuélvase el expediente administrativo al Centro de su procedencia.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial de Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Pedro Martín de Hijas, José Luis Ponce de León, Félix Fernández Tejedor, Aurelio Botella y Angel Martín del Burgo (rubricados).»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 5 de febrero de 1979.‒P D., el Subsecretario, José Javier Viñes Rueda.
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
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