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Documento BOE-A-1979-6764

Orden de 13 de febrero de 1979 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 401.542, interpuesto por «Angel Yllera, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 1979, páginas 5624 a 5624 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-6764

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 19 de junio de 1978, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 401.542, interpuesto por «Angel Yllera, S. A.», sobre normas de exportación de trigo; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que estimando en parte la pretensión en este proceso deducida por el Procurador don Isidoro Argós Simón, en nombre y representación de «Angel Yllera, S. A.», frente a la Resolución del diez de mayo de mil novecientos setenta y uno, de la Dirección General del Servicio Nacional de Cereales, confirmatoria de la dictada el cinco de febrero de mil novecientos sesenta y nueve, por la Delegación Nacional del Servicio Nacional del Trigo, debemos declarar y declaramos no ajustado a, derecho lo resuelto por la Administración en el presente caso, y en su virtud, limitando lo que ha de quedar a cargo de la Sociedad recurrente, al importe de los tres mil kilogramos de trigo tipo III-2, al precio fijado para la exportación, y en la época en que ésta tuvo lugar, así como al valor de los treinta y ocho sacos, correspondientes a las expediciones 1.123, 1.129 y 1.130; lo que se determinará en ejecución de sentencia; con devolución a la demandante de la cantidad que resulte a su favor. Sin imposición de costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde, a V. I. muchos años.

Madrid, 13 de febrero de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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