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Documento BOE-A-1979-7022

Resolución de la Delegación Provincial de Castellón por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 1979, páginas 5875 a 5875 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-7022

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Castellón, a petición de la razón social «Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S. A.», con domicilio social en la plaza Cataluña, número 2, de Barcelona, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el Capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre: ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Castellón, a propuesta de la sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a la razón social «Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S. A.», la instalación de una línea eléctrica cuyas principales características son las siguientes: Línea eléctrica aérea a 25 KV. de tensión, de 415 metros de longitud, que tendrá su origen en una línea propiedad de FECSA, de La Cenia a Rosell, y su final en la E. T. «Industrial*, en carretera Torremiró, 2, en término municipal de Rosell (Castellón), con el fin de suministrar energía a la fábrica de muebles propiedad de la razón social «Rosell Industrial, S. L.».

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se, autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta -instalación no podrá entrar en servicio, mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Castellón, 15 de febrero de 1979.‒El Delegado provincial, J. Ramos.‒1,121-6.

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