Ilmo. Sr.: Vista la instalación formulada por la firma «Texinco, S. A.», en solicitud de autorización para ceder el beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias primas contenidas en las exportaciones realizadas dentro del sistema de reposición con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 19 de diciembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de enero de 1978),
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
Autorizar a la firma «Texinco, S. A.», Málaga, la cesión del beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias primas contenidas en las exportaciones realizadas a partir del 5 de diciembre de 1978, dentro del sistema de reposición con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 19 de diciembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de enero de 1978).
El Servicio de Tráfico de Perfeccionamiento Activo de la Dirección General de Exportación hará constar en la documentación relativa a las importaciones acogidas a esta cesión que empresa es la cedente del beneficio correspondiente.
El cesionario será el sujeto pasivo del impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales y actos Jurídicos Documentados regulados por Decreto 1018/1967, de 6 de abril, al tipo impositivo previsto en el número 2 de la tarifa vigente.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 16 de febrero de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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