Ilmo. Sr.: Visto el expediente de observación de conducta tramitado al liberado condicional Juan Bautista Blay Fernández, con informe de la Junta del Patronato de Nuestra Señora de la Merced, a propuesta de esa Dirección General,
Este Ministerio ha tenido a bien revocar la libertad condicional concedida el 13 de julio de 1978 al referido penado, en condena impuesta en causa número 35/76 del Juzgando de Instrucción número 1 de Madrid, con efectos a partir del día 1 de noviembre de 1978, en que se produjo la causa determinante de la revocación.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 21 de febrero de 1979.
LAVILLA ALSINA
Ilmo. Sr. Director general de Instituciones Penitenciarias.
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