Excelentísimos señores:
Convocadas Elecciones Locales por Real Decreto 117/1979, de 26 de enero, cuyo desarrollo ha de ajustarse a las previsiones contenidas en la Ley 39/1978, de 17 de julio, que en su artículo 21, 2, dispone que por Orden ministerial sean fijadas las tarifas postales para los envíos de impresos de propaganda electoral,
Esta Presidencia, a propuesta de los Ministros de Hacienda y de Transportes y Comunicaciones, ha tenido a bien disponer:
Serán de aplicación para el envío de impresos de propaganda electoral las tarifas y normas establecidas por Orden de esta Presidencia de 5 de enero de 1979.
Se faculta a los Ministerios de Hacienda y de Transportes y Comunicaciones para dictar, en el ámbito de su competencia, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y cumplimiento de la presente Orden.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. EE.
Dios guarde a VV. EE.
Madrid, 8 de marzo de 1979.
OTERO NOVAS
Excmos. Sres. Ministros de Hacienda y de Transportes y Comunicaciones.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid