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Documento BOE-A-1979-7384

Real Decreto 442/1979, de 9 de marzo, sobre la entrada de los nuevos Secretarios de Embajada en la provisión de vacantes de puestos diplomáticos correspondiente al concurso del año 1979.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 1979, páginas 6321 a 6321 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1979-7384

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con la ampliación de la plantilla de la Carrera Diplomática realizada por Ley de diecinueve de enero de mil novecientos setenta y ocho, destinada a cubrir las nuevas necesidades surgidas en el servicio exterior, resulta necesario que en el presente año mil novecientos setenta y nueve los Secretarios de Embajada que ingresen en el Ministerio de Asuntos Exteriores como resultado del concurso-oposición correspondiente al año en curso puedan ser destinados a puestos de la plantilla en el extranjero. En su virtud, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Los Secretarios de Embajada que ingresen en la Carrera Diplomática, procedentes del concurso-oposición de este año, quedarán incluidos en el concurso para la provisión de vacantes en el extranjero y en Madrid correspondiente al año mil novecientos setenta y nueve.

Artículo 2.

La fecha de presentación de solicitudes de nuevo destino correspondiente al citado concurso para la provisión de vacantes, fijada el 15 de, marzo por el artículo once del Real Decreto setecientos cincuenta y dos/mil novecientos setenta y ocho, de catorce de abril, queda trasladada al quinto día después de la toma de posesión de los nuevos Secretarios de Embajada en el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Artículo 3.

La Junta de la Carrera Diplomática deberá elevar la propuesta de la provisión de vacantes correspondiente al concurso del presente año veinte días después de la fecha prevista en el artículo anterior

Disposición final.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Asuntos Exteriores,

MARCELINO OREJA AGUIRRE

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