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Documento BOE-A-1979-7386

Real Decreto 3422/1978, de 22 de diciembre, por el que se indulta parcialmente a Alvaro Marcos Oviaña.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 1979, páginas 6321 a 6322 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-7386

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de Alvaro Marcos Oviaña, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno, al amparo de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo segundo del Código Penal, por la Audiencia Provincial de Lugo que en sentencia de veinticuatro de mayo de mil novecientos setenta y ocho le condenó, como autor de dos delitos de robo y una falta de Hurto, a las penas de cinco años cuatro meses v veintiún días de presidio menor, cuatro meses y un día de arresto mayor y quince días de arresto menor, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;

Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho.

De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y ocho, Vengo en indultar a Alvaro Marcos Oviaña, conmutando la primera de las expresadas penas privativas de libertad por la de un año de presidio menor, dejando subsistentes los restantes pronunciamientos contenidos en la sentencia.

Dado en Madrid a veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Justicia,

LANDELINO LA VILLA ALSINA

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