Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-7777

Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria por la que se prorroga la vigencia del Programa de Reproducción Ordenada de Ganado Bovino de la Provincia de Badajoz, con las modificaciones que se indican.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 1979, páginas 6612 a 6612 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-7777

TEXTO ORIGINAL

La experiencia recogida durante la vigencia del Programa de Reproducción Ordenada en Gavado Vacuno de la Provincia de Badajoz, aprobado por Resolución de esta Dirección General de fecha 26 de octubre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de noviembre), aconseja introducir determinadas modificaciones encaminadas a un mejor resultado en su realización.

En consecuencia, y a propuesta de la Delegación Provincial del Ministerio de Agricultura de Badajoz, esta Dirección General ha tenido a bien resolver lo siguiente:

Primero.

Se prorroga el Programa de Reproducción Ordenada en Ganado Vacuno de la Provincia de Badajoz, aprobado por Resolución de esta Dirección General de 26 de octubre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de noviembre), con excepción de los apartados que a continuación se indican, cuyo contenido será el siguiente:

1. A efectos de organización de los servicios públicos de reproducción del ganado bovino se establecen seis zonas de reproducción, cuya adscripción geográfica es la siguiente:

Zona de reproducción Comarcas agrarias con las que se corresponde Municipios que incluye
A Ia, VIa Alburquerque, La Codosera, Puebla de Obando, La Roca de la Sierra, San Vicente de Alcántara, Villar del Rey, Badajoz (parte).
B IIb, IIIb y VIb Mérida, La Nava de Santiago, Cordobilla de Lácara, Carmonita, Aljucén, El Carrascalejo, Mirandilla, Trujillanos, San Pedro de Mérida, Valverde de Mérida, Villagonzalo, Don Alvaro, Zarza de Alange, Alange, Torremegía. Arroyo de San Serván, Calamanote, Lobón. Puebla Calzada, Montijo, Torremayor, La Garrovilla, Esparragalejo, Guareña, Cristina, Manchita, Don Benito, La Haba, Vv.ª Serena, Orellana Vieja, Orellanita, Rena, Villar de Rena, Santa Amalia, Medellín, Valdetorres, Megabril, Badajoz, La Albuera, Talavera la Real.
C IVc, Vc y VIIIc Navalvillar Pela, Esparragosa Caudillo, Sancti-Spiritu, Risco, Garlitos, Baternos, Siruela, Tamurejo, Garballuela, Talarrubias, Puebla Alcocer, Casas Don Pedro, Valdecaballeros, Castiblanco, Herrera del Duque, Helechosa, Villarta de los Montes, Fuenlabrada de los Montes, Zarza Capilla, Capilla.
D VId, VIId, IXd, Xd, VIe, VIIe Almendral, La Lapa, Alconera. Zafra, Puebla, S. Pérez, Valverde Léganés, Olivenza, Chele, Alconchel, Táliga, Higera Vargas, Vv.ª Fresno, Bancarrota, Salvaleón, Valle Matamoros, Valle Santa Ana, Jérez, Caballeros, Zahinos, Oliva Frontera, Valencia Mombuey, Burguillos Cerro, Valverde de Burguillos, Fregenal de la Sierra.
D   Segura de León, Higuera la Real, Bodonal Sierra, Fuentes de León, Cabeza la Vaca, Atalaya, Medina de las Torres, Valencia, Ventoso, Fuentes de Cantos, Calera de León, Monesterio, Montemolín, Puebla del Maestre.
E VIe, VIIe Santa Marta, Solana Barros, Villalba Barros, Aceuchal, Almendralejo, Vca. Barros, Puebla del Prior, Los Santos Maimora, La Parra.
F IIf, IIIf, VIIf, VIIIf, XIf y XIIf Oliva Mérida, Magacela, La Coronada, Campanario, Hinojosa Valle, Llera, Hornachos, Puebla Reina, Palomas, Monterrubio Serena, Benquerencia, Cabeza del Buey, Castuera, Quintana Serena, Malpartida Serena, Esparragosa del Caudillo, Valle Serena, Zalamea Serena, Higuera de la Serena, Calzadilla, Barros, Bienvenida, Usagre, Villagarcía, Barros Llerena, Higuera Llerena, Retamal de Llerena.
F   Trasierra, Reina, Casas de Reina, Fuente del Arco, Valencia de las Torres, Campillo de Llerena, Maguilla, Berlanga, Ahillones, Valverde de Llerena, Malcocinado, Azuaga, Granja de Torrehermosa, Peraleda del Zaucejo.

1.2 Funcionarán doce Servicios Aplicativos de Inseminación Artificial, cuya distribución por zonas de reproducción es la siguiente:

Zona de reproducción Servicios aplicativos
A 1
B 7
C
D 1
E 1
F 2

1.3 Se autoriza también el empleo de la Inseminación Artificial en las explotaciones ganaderas con servicio propio de aplicación que a continuación se indican:

Zona de reproducción Numero explotaciones con servicio propio
B 1

2.1 Para la reproducción por monta natural funcionarán dieciséis paradas públicas de sementales, cuya distribución por zonas de reproducción es la siguiente:

Zona de reproducción Número de paradas de sementales Número de sementales
A
B 3 3
C 5 5
D 1 1
E 4 6
F 3 3
Segundo.

La vigencia del Programa con las modificaciones señaladas en el apartado anterior se prorroga hasta el 28 de febrero de 1980.

Lo que se comunica a V. S. para conocimiento y cumplimiento.

Dios guarde a V. S.

Madrid, 5 de febrero de 1979.‒El Director general, José Luis García Ferrero.

Sres. Subdirector general de la Producción Animal y Delegado provincial del Ministerio dé Agricultura de Badajoz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid