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Documento BOE-A-1979-7821

Resolución de la Dirección General de Comercio Interior por la que se fijan margenes comerciales máximos en la venta de huevos.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 17 de marzo de 1979, páginas 6666 a 6667 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-7821
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1979/03/16/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1690/1978, de 14 de julio, por el que se regulaba la producción y comercialización de los productos avícolas para la Campaña 1978/79, establece, en su artículo veintidós, apartado uno, la competencia de esta Dirección General para determinar el margen máximo que podrá aplicarse en el comercio minorista de huevos, si bien esta facultad quedó en suspenso temporalmente por la disposición transitoria primera, pasando así los márgenes comerciales máximos a ser libres provisionalmente.

El análisis del mercado desde la implantación de esta libertad evidencia con carácter general que últimamente, en la venta de huevos, en sus diferentes categorías y clases, se han venido aplicando en forma muy general márgenes superiores a los que pueden considerarse como normales, con sensibles perjuicios para los consumidores.

En su virtud, esta Dirección General ha tenido a bien disponer lo siguiente:

1.º El margen máximo que podrán aplicar los detallistas para los huevos frescos o refrigerados, a granel o estuchados, será, del 12 por 100. Este porcentaje se incrementará en un 2 por 100 en concepto de rotura, mermas y envasado.

Los porcentajes anteriores se calcularán sobre los precios de adquisición en el mercado central, centros de distribución, cooperativas o mayoristas, incrementados en 0,50 pesetas docena por gastos de carga, descarga y transporté a su establecimiento.

2.º Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de marzo de 1979.–El Director general, Félix Pareja Muñoz.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/03/1979
  • Fecha de publicación: 17/03/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 18/03/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con art. 22.1 del Real Decreto 1690/1978, de 14 de julio (Ref. BOE-A-1978-18340).
Materias
  • Precios
  • Productos avícolas

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