Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Irene Micaela Bogallo Bogallo y doña Antonia Villaverde Rodríguez, contra la resolución de fecha 25 de febrero de 1977, la Audiencia Territorial de Valladolid, en fecha 7 de octubre de 1978, ha dictado la siguiente sentencia:
«Fallamos: Desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación de doña Irene Micaela Bogallo Bogallo y doña Antonia Villaverde Rodríguez, contra Resolución de la Dirección General de Personal del Ministerio de Educación y Ciencia que acordaba el cese de los recurrentes en el desempeño de las unidades escolares para las que habían sido nombradas y que regentaban en el Colegio Nacional Mixto Comarcal «Luis Vives» de Salamanca, que anulaba tales nombramientos y que recurrida en cinco de mayo del mismo año en alzada, por ambas fue desestimada, por silencio administrativo, por estar ajustado a derecho el acto recurrido. Todo ello sin expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto que se cumpla la citada sentencia en sus propios términos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 5 de febrero de 1979.
CAVERO LATAILLADE
Ilmo. Sr. Director general de Personal.
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