En virtud de expediente reglamentario, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiséis de enero de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Se declara de «interés social preferente», a tenor de lo establecido en la Ley de quince de julio de mil novecientos cincuenta y cuatro, y en Decretos de veinticinco de marzo de mil novecientos cincuenta y cinco, y de nueve de agosto de mil novecientos setenta y cuatro, a todos los efectos, excepto el de la expropiación forzosa, y con derecho a obtener el cien por cien del presupuesto de ejecución considerado por el Ministerio de Educación y Ciencia, si a juicio del Banco de Crédito a la Construcción se aporta suficiente garantía hipotecaria, el proyecto de las obras de construcción de un nuevo edificio donde se ubicará el Centro «Ciudad Meridiana», en Barcelona, que supondrá la posibilidad de que dicho Centro sea clasificado definitivamente en uno, de tres unidades de Educación Preescolar dieciséis unidades de Educación General Básica y con trescientos sesenta puestos escolares de Formación Profesional. El expediente ha sido promovido por don Rafael Gómez Díaz, en su condición de Director del citado Centro.
Los efectos de este Real Decreto se habrán de entender condicionados a lo establecido en la Ley catorce de mil novecientos setenta, de cuatro de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa y disposiciones que la desarrollen.
Dado en Madrid a veintiséis de enero de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Educación y Ciencia,
IÑIGO CAVERO LATAILLADE
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