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Documento BOE-A-1979-8001

Real Decreto 534/1979, de 2 de febrero, por el que se declara monumento histórico-artístico, de carácter nacional, la iglesia parroquial de Escamilla (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 1979, páginas 6961 a 6961 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-8001

TEXTO ORIGINAL

Tramitado expediente para declarar monumento histórico-artístico, de carácter nacional, la iglesia parroquial de Escamilla (Guadalajara), conforme a lo establecido en las disposiciones vigentes, se ha acreditado convenientemente, en los informen que en el expediente figuran, la existencia de valores suficientes en el edificio de que se trata para merecer la protección estatal, así como la necesidad de preservar estos valores de reformas o innovaciones que pudieran perjudicarlos, mediante la oportuna declaración.

En su virtud de acuerdo con lo dispuesto en loe artículos tercero, catorce y quince de la Ley de trece mayo de mil novecientos treinta y tres, y diecisiete, dieciocho y diecinueve del Reglamento para su aplicación, de dieciséis de abril de mil novecientos treinta y seis, a propuesta del Ministro de Cultura, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dos de febrero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se declara monumento histórico-artístico, de cerácter nacional, la iglesia parroquial de Escamilla (Guadalajara).

Artículo 2.

La tutela de este monumento, que queda bajo la protección del Estado, será ejercida, a través de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, por el Ministerio de Cultura, el cual queda facultado para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el mejor desarrollo del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a dos de febrero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Cultura,

PIO CABANILLAS GALLAS

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