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Documento BOE-A-1979-8462

Resolución de la Delegación Provincial de Lérida por la que se autoriza el establecimiento y declara en concreto la utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se citan (referencia: E. 4.193 R. L. T. a), b), c), d).

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 1979, páginas 7322 a 7323 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-8462

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de «Productora Eléctrica Urgelense, S. A.», con domicilio en Seo de Urgel, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre Ordenación y Defensa de la Industria, y Decreto de este Ministerio de 30 de junio de 1972,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Lérida, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar al peticionario el establecimiento de las instalaciones eléctricas cuyo objeto y principales características son:

Atender al suministro eléctrico de la Urbanización «Balcón del Pirineo», en término municipal de Montferrer-Castellbó.

Línea eléctrica

Origen de la línea: Apoyo número 50 de la línea Adrall Seo-(E. 3.177 RL/M. 77 bis).

Final de la línea: E. T. 327, «Balcón del Pirineo II».

Término municipal afectado: Montferrer-Castellbó.

Cruzamientos: Ayuntamiento de Montferrer-Castellbó, Viales Urbanización «Balcón del Pirineo».

Tensión de servicio en KV.: 22.

Longitud en kilómetros: 0,030 línea aérea y 0,268 línea subterránea.

Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 54,59 milímetros cuadrados de aluminio-acero, tramo aéreo, y uno de 3 por 95 milímetros cuadrados de aluminio, tramo subterráneo.

Apoyos: Hormigón.

Estación transformadora

E. T. número 327, «Balcón del Pirineo II».

Emplazamiento: Urbanización.

Tipo: Interior, un transformador de 250 KVA., de 22/0,38 KV.

Referencia: E. 4.193 b) R. L. T.

Líneas eléctricas

Origen de la línea: E. T. 327, «Balcón Pirineo II».

Final de la línea: E. T. 328, «Balcón Pirineo III».

Término municipal afectado: Montferrer-Castellbó.

Cruzamientos: Ayuntamiento de Montferrer-Castellbó, viales de la urbanización.

Tensión de servicio en KV.: 22.

Longitud en kilómetros: 0,465.

Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 95 milímetros cuadrados de aluminio (Línea subterránea.

Referencia: E. 4.193 c) R. L. T.

Línea eléctrica

Origen de la línea: E. T. 328, «Balcón Pirineo III».

Final de la línea: E. T. 326, «Balcón Pirineo I».

Término municipal afectado: Montferrer-Castellbó.

Cruzamientos: Ayuntamiento de Montferrer-Castellbó, viales de la urbanización.

Tensión de servicio en KV.: 22.

Longitud en kilómetros: 0,571

Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 95 milímetros cuadrados de almuinio (Línea subterránea).

Estación transformadora

Número 326, «Balcón Pirineo I».

Emplazamiento: Urbanización, término municipal de Montferrer Castellbó.

Tipo: Interior, un transformador de 830 KVA., de 22/0,38 KV.

Referencia: E. 4.193 d) R. L. T.

Línea eléctrica

Origen de la línea: E. T. 328, «Balcón del Pirineo III».

Final de la línea: E. T. 329, «Balcón Pirineo IV».

Término municipal afectado: Montferrer-Castellbó.

Cruzamientos: Ayuntamiento de Montferrer-Castellbó, viales de la urbanización.

Tensión de servicio en KV.: 22.

Longitud en kilómetros: 0,483.

Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 45 milímetros cuadrados de aluminio.

Estación transformadora

Número 329, «Balcón Pirineo IV».

Tipo: Interior, un transformador de 400 KVA., de 22/0,38 KV.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de 20 de octubre de 1966.

El plazo para la terminación de la instalación reseñada es de un año a partir de la fecha de la presente resolución, no pudiendo entrar en servicio mientras no se cumplan los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1960.

Previos los trámites legales, la Administración podrá declarar la caducidad de esta concesión si se comprobase la inexactitud de las declaraciones de la Empresa que figuran en al expediente, o el incumplimiento del plazo concedido.

Lérida, 24 de febrero de 1979.‒El Delegado provincial, Eduardo Mías Navés.‒1.923-C.

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