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Documento BOE-A-1979-8481

Orden de 21 de marzo de 1979 por la que se crea la Escuela Conjunta de Idiomas de las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 1979, páginas 7359 a 7359 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-8481
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/03/21/(3)

TEXTO ORIGINAL

Por Orden del Vicepresidente del Gobierno y con la conformidad de los tres Ministros militares; inició su funcionamiento en el mes de enero de 1973 la Escuela Conjunta de Idiomas de las Fuerzas Armadas, quedando adscrita al Alto Estado Mayor.

Creado por Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio, el Ministerio de Defensa y desarrollada su estructura orgánica y funcional por Real Decreto 2723/1977, de 2 de noviembre, se estima conveniente el que la citada Escuela, dependiente en la actualidad del Alto Estado Mayor, pase a depender de la Subsecretaría de Defensa y que, al propio tiempo y dada la importancia de su misión, se cree oficialmente por una disposición de rango adecuado.

En su virtud, de conformidad con el Real Decreto 2723/1977, de 2 de noviembre, y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, dispongo:

Artículo 1.

Se crea la Escuela Conjunta de Idiomas de las Fuerzas Armadas, que dependerá orgánicamente de la Secretaría General para Asuntos de Personal y Acción Social de la Subsecretaría de Defensa.

Artículo 2.

La citada Escuela tendrá como misión la de impartir al personal de las Fuerzas Armadas la enseñanza de los idiomas de interés para las mismas.

Artículo 3.

La Dirección de la Escuela será ejercida por un Coronel o Capitán de Navío, y la Jefatura de Estudios por un Teniente Coronel o Capitán de Fragata.

Artículo 4.

El Profesorado de la Escuela estará constituido por el personal militar destinado en ella, que deberá encontrarse en posesión de la titulación y de la aptitud pedagógica necesarias para impartir el idioma correspondiente, así como el personal civil nativo indispensable.

Artículo 5.

El régimen interior, financiación, plantilla y locales serán los mismos que la Escuela tiene en la actualidad.

Disposición transitoria

La constitución de la Escuela tendrá lugar una vez que se publiquen en los «Diarios Oficiales» correspondientes la designación de su Director y del personal que constituye su plantilla, quedando entonces disuelta la que depende del Alto Estado Mayor, la cual transferirá toda su documentación y material a la nueva Escuela.

Madrid, 21 de marzo de 1979.

GUTIERREZ MELLADO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/03/1979
  • Fecha de publicación: 27/03/1979
Referencias anteriores
Materias
  • Alto Estado Mayor
  • Enseñanza de Idiomas
  • Escuelas Militares
  • Fuerzas Armadas
  • Ministerio de Defensa
  • Presidencia del Gobierno
  • Subsecretaría del Ministerio de Defensa

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