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Documento BOE-A-1979-8559

Real Decreto 585/1979, de 13 de febrero, por el que se indulta parcialmente a Antonio González Obregón.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 1979, páginas 7398 a 7398 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-8559

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de Antonio González Obregón, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo segundo del Código Penal, por la Audiencia Provincial de Valladolid, que en sentencia de ocho de mayo de mil novecientos setenta y seis, le condenó, como autor de dos delitos de robo, a dos penas de seis años y un día de presidio mayor, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;

Visto la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;

De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de febrero de mil novecientos setenta y nueve,

Vengo en indultar a Antonio González Obregón, conmutando las mismas por otras dos de dos años, cuatro meses y un día de presidio menor.

Dado en Madrid a trece de febrero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Justicia,

LANDELINO LAVILLA ALSINA

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